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Nos quieren quitar nuestro descanso de 15 minutos

Hola a todos

Me llamo Roberto y trabajo como vigilante de seguridad en un centro comercial, con la empresa Eulen. El pasado 1 de abril, nuestro jefe de equipo decidió de forma unilateral y nos prohibió tomarnos desde ese mismo dia en adelante nuestro decanso de 15 minutos (que siempre habiamos disfrutado hasta entonces) a los vigilantes y auxiliares que estuvisiemos cada dia en el turno de 6 horas y cuarto (a los vigilantes y auxiliares del turno de 8 horas si que se lo mantiene). Según él no es necesario tomarse 15 minutos por 6 horas de trabajo, "es un lujazo", y "además la empresa no está obligada a darlos". Me he informado y en el convenio de seguridad actual (2012-2014) no hace ninguna mención a los descansos por jornada, solo a los descansos entre jornada y jornada, a los descansos semanalas, a los descansos para comer cuando tienes jornada partida, etc. Por lo tanto me he remitido al Estatuto de los Trabajadores y como supongo que aquí sabréis, en el artículo 34.4 dice que a partir de 6 horas de trabajo se tienen que dar 15 minutos de descanso como mínimo.

Por lo tanto mis preguntas son las siguientes. ¿Puede hacer algo mi jefe contra mi si me niego a acatar su orden y me sigo tomando mis 15 minutos de descanso? ¿Podría denunciar este caso en magistratura y denunciarle a él por abuso de poder?

Hasta ahora la empresa nos había pagado los descansos, cuando segun él, y el jefe de la delegación de Eulen en Burgos (con quien fui a hablar el otro dia y quienes sorprendentemente no tiene ningun problema con los descansos siendo ellos quienes los pagan) no tenian por qué hacerlo, vamos algo así como que nos lo pagaban por caridad. Mi otra pregunta es que si yo me sigo tomando los descansos en contra de la decisión de mi jefe ¿me los pueden dejar de pagar? porque en el Estatuto dice que contarán como trabajo efectivo cuando asi este establecido o asi esté pactado por convenio o por contrato, y claro esto ha estado establecido asi durante los últimos 13 años como poco...

Por último, ¿podrían sancionarme de alguna manera por desobedecer una orden de mi jefe de equipo al negarme a no tomar mi descanso? Todo esto lo pregunto teniendo en cuenta que cuando yo me voy al descanso mi puesto siempre queda cubierto por un compañero que me releva, pues es como siempre han estado establecidos los descansos, para no abandonar el puesto.

Agradecería mucho que alguien me ayudara.

Gracias y saludos!

El convenio colectivo debe respetar como mínimo el Estatuto de los Trabajadores, y si este no estableciera nada sobre un tema se remitirá a la norma Básica de cumplimiento, el Estatuto, por tanto, como bien dices es OBLIGATORIO el descanso mínimo de 15 minutos en las jornadas de más de seis horas, sobre si es retribuido o no, eso ya dependerá de si se estableció así en el convenio colectivo o en el contrato, en caso contrario, se descontará o se compensará en la jornada. Aunque el derecho al descanso dentro de la jornada ordinaria no es absoluto, permitiéndose que por vía convencional sea sustituido el descanso de la jornada continuada por indemnización en metálico. Es decir, se trata de un derecho que atención a las circunstancias concretas del trabajo que se realiza puede ser sustituido por una compensación en metálico si las partes así lo acuerdan por la vía de la negociación colectiva, el pacto de empresa o el contrato de trabajo.

Si no se te indemniza por el no ejercicio de ese derecho por supuesto que podrías reclamar contra este.