Determinada la intensidad del servicio de promoción de la autonomía para las personas reconocidas en situación de dependencia con grado II y III

El Real Decreto 291/2015, de 17 de abril, publicado en el BOE del 1 de mayo, y en vigor el día siguiente, a través de la modificación del Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre (nueva redacción de los párrafos primero y segundo del art. 6 y del Anexo I –vid. cuadro comparativo–), introduce la regulación del servicio de promoción de la autonomía personal para las personas con grado II y III de dependencia.

Los servicios de promoción de la autonomía personal tienen por finalidad desarrollar y mantener la capacidad personal de controlar, afrontar y tomar decisiones acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias y facilitar la ejecución de las actividades básicas de la vida diaria.

Hasta este momento el Real Decreto 1051/2013, regulaba solamente la intensidad del servicio de promoción de la autonomía para las personas en situación de dependencia en grado I.