Diferido el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de los becarios

Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, los becarios que el pasado 1 de noviembre de 2011 reunieran las condiciones recogidas en el mismo se incorporarían al Régimen General a partir de esa fecha teniendo la entidad u organismo que financie el correspondiente programa de formación, en su condición de empresario,que cumplir con las obligaciones de inscripción de empresa, solicitud de código de cuenta de cotización específico, afiliación y/o alta dentro del mes de noviembre, y un plazo que finalizaría el 31 de enero de 2012 para ingresar, sin recargo e interés de demora alguno, la cotización correspondiente al mes de noviembre de 2011.

La Resolución de 4 de noviembre de 2011, de la Tesorería General de la Seguridad Social, difiere el plazo reglamentario de ingreso de la totalidad de las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes y profesionales correspondientes a los períodos de liquidación de noviembre y diciembre de 2011, a las empresas que den de alta a las personas que participen en programas de formación de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, cuotas que podrán ser ingresadas en el mes de febrero de 2012.