Diálogos con la jurisprudencia. Ejercicio y cómputo de los permisos retribuidos

Comentario a las Sentencias del Tribunal Supremo 229/2020 y 257/2020, de 11 y 17 de marzo

Jesús Lahera Forteza
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad Complutense de Madrid

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RTSS. CEF. NÚM. 448 (julio 2020)

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Sumario

1. Marco jurídico: los permisos retribuidos se disfrutan exclusivamente en días laborables
2. Supuesto de hecho: la controversia en inicio del permiso retribuido y su cómputo
3. Fundamentos jurídicos de la jurisprudencia analizada: disfrute del permiso el primer día laborable y la cuestión abierta del cómputo de días
4. Valoración de la jurisprudencia analizada: el mantenimiento de la necesidad del permiso retribuido y la regla general del cómputo en días naturales