Estibadores portuarios: Y ahora ¿qué?

Estibadores portuarios: Y ahora ¿qué?

En el BOE de hoy se ha hecho público el Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 4/2017, liberalizador del sector de la estiba. Como se sabe, en sede parlamentaria no se ha convalidado la disposición con la que el Gobierno unilateralmente modificaba la regulación de este sector estratégico para ajustarse al Derecho de la Unión acatando la palabra del Tribunal de Luxemburgo en una sentencia dictada más de dos años antes (STJUE de 11 de diciembre de 2014, asunto C-576/13).

¿Qué dice, y que no, la sentencia comunitaria? ¿ Qué margen real hay para un régimen nacional alternativo al introducido, y ahora decaído, por el RDL 4/2017, que permita la libertad de contratación y organización flexible del trabajo portuario para mejorar su competitividad y ofrezca una seguridad razonable en el empleo de los estibadores portuarios?

El artículo del profesor MOLINA NAVARRETE publicado en la Revista de Trabajo y Seguridad Social del CEF (RTSS.CEF) y que se ofrece aquí en abierto trata de dar respuesta a estos interrogantes.