Fondos de pensiones de empleo de promoción pública

Fondo de pensiones. Mujer echando moneda en un tarro de cristal casi vacío, al lado otro igual más lleno y al lado otro lleno con una planta

El Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre (BOE de 19 de octubre), con entrada en vigor el 20 de octubre, modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones (RD 304/2004, al que se añade un título VI –arts. 102 a 107– y una disp. adic. décima) para desarrollar reglamentariamente las previsiones de la Ley 12/2022, de 30 de junio, que modificó el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones (RDLeg. 1/2002, de 29 de noviembre) introduciendo los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos y los planes de pensiones de empleo simplificados como nuevas figuras dentro del marco de la previsión social complementaria.

El desarrollo reglamentario llevado a cabo tiene carácter parcial y persigue concretar aquellos aspectos que permitirán completarlo. Así, se regula:

  • La organización y funcionamiento, como órgano colegiado interministerial, de la Comisión Promotora y de Seguimiento de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos.
  • El procedimiento para velar por el adecuado funcionamiento y buen gobierno de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos.
  • La forma de constitución y el funcionamiento de la Comisión de Control Especial y el procedimiento para la designación y renovación de sus miembros.
  • El régimen de retribuciones de las entidades gestoras y depositarias de fondos de pensiones de promoción pública abiertos.