Un juzgado de Barcelona reconoce los derechos laborales a las prostitutas que ejercen de forma voluntaria

El juzgado de lo Social número 10 de Barcelona ha dictado una sentencia  en la que se reconoce un carácter laboral a las mujeres que ejercen la prostitución de forma voluntaria, sin ser forzadas, con las obligaciones y derechos que ello conlleva, como derecho al paro y cotizaciones a la seguridad social.

La sentencia la originó una inspección de trabajo a un centro de masajes eróticos de Barcelona, donde se constató que las chicas que en ese momento estaban en el local eran trabajadoras del sexo, cuando la actividad municipal de la empresa era la de centro de masajes, no de alquiler de habitaciones. La propietaria del local indicó que las empleadas ejercían la prostitución por cuenta propia, negando toda relación laboral.

Ello derivó en un acta de infracción por la inspección de trabajo debido a la falta de afiliación y de alta en la seguridad social de las chicas. La propietaria la recurrió, originando un litigio en el juzgado social, que es donde se ha dictado la sentencia.

AUTOR COMUNICACIÓN PODER JUDICIAL