Los Autónomos pueden tener un negocio propio y contar con seguro de desempleo 

Por Andrea Bayer, abogada laboralista de Sanahuja Miranda

Los autónomos cuentan con nuevas medidas de ayuda para sus emprendimientos. La Ley 31/2015 ha realizado cambios y actualizaciones en la normativa de autoempleo, y permite la adopción de diversas medidas para fomentar y promocionar el trabajo autónomo.

Por un lado, tenemos la denominada Tarifa Plana, que fija el pago de 50 euros de la cuota de Seguridad Social durante el primer semestre; pago que luego se va incrementando en forma paulatina durante los meses siguientes. Esta ventaja también puede ser aprovechada por los autónomos que tienen trabajadores a su cargo.

Pero el rasgo más importante de los cambios a la ley es la posibilidad de que el autónomo pueda cobrar el desempleo. Con esta normativa, desaparece el límite de edad exigido para solicitar la capitalización del paro (lo que se realizaba mediante un pago único) de la prestación de desempleo reconocida, siempre que pueda acreditarse que la finalidad es para poder financiar el negocio que se está implementando.

Otro punto importante es que en la ley se abre la posibilidad de solicitar el alta en el Régimen Especial de Autónomos, y al mismo tiempo se puede seguir percibiendo la prestación de desempleo, situación que es posible compatibilizar durante nueve meses.

Y otro punto a destacar es que si hay beneficiarios del desempleo que quieren iniciar un negocio por su cuenta, pueden interrumpir el cobro de la prestación y gestionar el alta como Autónomo; y en caso de que el proyecto no tuviera el éxito deseado, se puede solicitar la reanudación del cobro del desempleo; pero siempre y cuando que no hubiera pasado un lapso superior a los cinco años (cuando hasta ahora, el tiempo era 24 meses).

Otra nueva medida a tener en cuenta es la posibilidad de que los Autónomos que hayan cotizado por cese de actividad, durante su alta en el Régimen Especial, a partir de ahora podrán solicitar que esta prestación -una vez que tenga el reconocimiento del Servicio Público de Empleo Estatal- se pueda pagar en una única vez, para poder financiar el nuevo proyecto a emprender.

Cabe tener en cuenta que en la Ley hay beneficios para las personas que tienen una protección especial, como las personas con discapacidad, las víctimas de violencia de género, etc. Más concretamente, a estas personas se incluyen y amplían las bonificaciones y reducciones en las cuotas de la Seguridad Social, y también se les permiten darse de alta en el Régimen Especial de Autónomos por la relación conyugal o familiar.

Y no se puede dejar de lado la nueva oportunidad que se le da a los TRADE (Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente), que son aquellos que perciben el 75% o más de sus ingresos de un único cliente. A partir de ahora, se les brinda la posibilidad de poder contratar a trabajadores.