Medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la AGE con motivo de la nueva normalidad

AGE covid19. Imagen de un centro de trabajo

La Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública ha publicado una Resolución  que tiene por objeto garantizar la homogeneidad las medidas relacionadas con el personal al servicio de la Administración General del Estado en la fase de nueva normalidad . Esta Resolución "producirá efectos hasta que se determine el fin de la crisis sanitaria producida por el COVID19 en los términos previstos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio"

Según se indica en la Resolución, durante la vigencia de la misma, las modalidades de trabajo serán presenciales y no presenciales. Con respecto a la modalidad presencial, se indica que se podrá compaginar con prestación del trabajo en una modalidad no presencial de hasta un 20% de la jornada semanal. Y si hubiere que establecerse turnos "gozará de prioridad el personal que no pueda acogerse por la naturaleza de sus funciones a la modalidad no presencial, y, al mismo tiempo, tengan a su cargo a menores de 14 años; o personas mayores, dependientes o con discapacidad afectados por el cierre de centros de servicios sociales de carácter residencial y centros de día."

En cuanto a la modalidad no presencial, se deberá compaginar con la presencial de  la siguiente forma:

- "Hasta un 20% de la jornada semanal presencial en el caso de los colectivos priorizables definidos en el presente apartado.
- Un mínimo de un 20% de la jornada semanal presencial para el resto del personal".

Siempre teniendo en cuenta que la no presencial tendrá carácter voluntario y será reversible por razones organizativas. Dando prioridad a los empleados públicos que :

- "Que tengan a su cargo menores de hasta 14 años.
- Que tengan a su cargo personas mayores, dependientes o con discapacidad, afectados por el cierre de centros de servicios sociales de carácter residencial y centros de día".

Las personas que tengan síntomas compatibles con el COVID-19 o estén en aislamiento no deberán acudir al centro de trabajo. Asimismo, se indica que las reuniones se celebrarán por videoconferencia y se suspenderán los viajes que puedan ser sustituidos por el método anterior, las actividades formativas también se celebrarán por medios telemáticos.

  • Puede onsultar la Resolución en este link.

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