Medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía

Conflictos en Ucrania y Oriente Próximo

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-Ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

Revalorización de pensiones y prestaciones en 2024

Este real decreto-ley incluye la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas y de otras prestaciones públicas para 2024. La subida, efectiva desde el 1 de enero, supone un incremento del 3,8% con carácter general de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.

Este aumento del 3,8% para 2024 es el resultado del índice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023, según la fórmula establecida en la Ley 20/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, aprobada en 2021 y acordada con los interlocutores sociales. De esta manera, se da cumplimiento a la recomendación 2ª del Pacto de Toledo, garantizando el poder adquisitivo de los pensionistas en base a la evolución del IPC.

Con esta subida, el aumento de la pensión media de jubilación, de 1.380 euros al mes, es de 734 euros al año, o 52 euros al mes. En los dos últimos años, la subida de esta pensión media de jubilación ha sido de unos 2.230 euros. La pensión media del sistema, de 1.200 euros, aumentará 638 euros al año en 2024, que suponen 46 euros al mes.

El Gobierno también ha acordado el incremento de las pensiones mínimas y de las no contributivas y del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que será mayor, del 6,9%, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023 y en virtud de la recomendación 15ª del Pacto de Toledo.

En el caso de la pensión mínima de viudedad, con cargas familiares, en cumplimiento del mandato del Real Decreto-ley 2/2023, se equipara su cuantía a la de la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo, lo que supone un incremento del 14,1%.

Las pensiones no contributivas de vejez e invalidez (SOVI) se revalorizarán también en un 6,9% para 2024, lo que supone alcanzar los 517,9 euros mensuales, que equivalen a 7.250,6 euros anuales.

La pensión mínima para los hogares unipersonales se fija en 11.552,8 euros anuales (frente a los 10.963,4 euros de 2023) y de 14.466,2 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2023, era de 13.526,80 euros).

En total, casi 11,8 millones de pensionistas y perceptores de prestaciones van a ver conservado o aumentado su poder adquisitivo, entre los beneficiarios de pensiones contributivas y no contributivas, los de Clases Pasivas, los hogares a los que alcanza el IMV y los perceptores de prestaciones por hijo a cargo con discapacidad.

El coste de la revalorización al 3,8%, estimado para el conjunto de 2024, es de 7.300 millones de euros. Si se añade la subida de las pensiones mínimas, de las no contributivas y del IMV, esta cifra asciende a 8.280 millones.

Mayor protección a investigadores

Por su parte, el texto permite la posibilidad de la suscripción de un convenio especial para investigadores. En concreto, se refiere a la adopción de disposiciones normativas oportunas que posibiliten de manera extraordinaria la suscripción de un convenio especial, a solicitud de los interesados, que permita ampliar, hasta un máximo de 5 años, el cómputo como cotizado de los periodos de formación.

Se refiere a aquellos graduados universitarios, con los correspondientes estudios oficiales de doctorado -fechados antes del 4 de febrero de 2006-, que hayan participado en programas de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

También se amplía el periodo para que se den las altas y bajas en la Tesorería General de la Seguridad Social de las prácticas formativas y facilitar así los trámites de esta medida para ampliar la protección de los jóvenes.

Contrato de relevo

Además, se incorpora a este real decreto-ley la prórroga de jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera. Así, se seguirá aplicando esta regulación para trabajadores con alto esfuerzo físico con al menos seis años de antigüedad en la empresa y siempre que en el momento de jubilación el porcentaje de trabajadores en la empresa con contrato indefinido supere el 70% de la plantilla. La reducción de jornada se mantiene entre 25% y 67%. La prórroga se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024.

Prórroga de las ayudas por el volcán de La Palma

Respecto a las medidas de apoyo para los afectados por la erupción del volcán de Cumbre Vieja, se prorroga el aplazamiento con condiciones más ventajosas del pago de cuotas a la Seguridad Social cuyo devengo tenga lugar entre los meses de enero a marzo de 2024, en el caso de empresas, y entre los meses de febrero a abril de 2024, en el caso de trabajadores autónomos.

También se ha aprobado la prórroga durante 6 meses de la prestación especial por cese de actividad para los autónomos como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.

Y se mantiene la exención del 100% en la cotización aplicable a los ERTE por fuerza mayor en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla -dada la continuada incidencia del volcán en la activas en dichas poblaciones- sobre la aportación empresarial por contingencias comunes y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo se produzca en los meses de enero a junio de 2024.

Prórroga de las medidas de protección para el trabajo

El Consejo de Ministros ha aprobado extender las medidas de protección para las personas trabajadoras con la prórroga del SMI vigente en la actualidad, y la extensión de los ERTE de La Palma y de la prohibición del despido, estos últimos, hasta el 30 de junio de 2024.

Estas medidas se incluyen en el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

Salario Mínimo Interprofesional

La norma aprobada incluye la prórroga de la vigencia del Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2023, durante el periodo necesario para garantizar la continuidad de los trabajos de la Mesa de Diálogo Social en la búsqueda, un año más, de un incremento pactado del Salario Mínimo Interprofesional.

De esta manera se garantiza la continuidad del texto que dejaría de producir efectos el próximo 31 de diciembre, y se mantiene transitoriamente su vigencia a partir del próximo 1 de enero. Se da, por tanto, seguridad jurídica y continuidad a la función del salario mínimo interprofesional de servir de suelo o garantía salarial mínima para las personas trabajadoras.

ERTE

También se prorrogan, en este caso hasta el 30 de junio de 2024, las medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, previstas en el artículo 178 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, respecto de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja.

Prohibido despedir

Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos hasta el próximo 30 de junio.

Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

Nuevo fondo para atraer inversión extranjera a España en sectores estratégicos

Se crea un nuevo instrumento financiero, el Fondo de Coinversión (FOCO), que estará dotado con 2.000 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation EU que se despliegan en la segunda fase del Plan de Recuperación.

El objetivo de este fondo es contribuir a la transformación del modelo productivo español mediante la atracción de inversión extranjera hacia empresas privadas que acometan inversiones en España en actividades alineadas con los objetivos del Plan de Recuperación como la transición energética, la transformación digital, la movilidad sostenible, la biotecnología o la agricultura sostenible.

El Fondo de Coinversión es uno de los nuevos instrumentos para otorgar financiación con fondos europeos Next Generation EU incluidos en la Adenda del Plan de Recuperación, cuya gestión se ha encomendado a sociedad pública COFIDES. A través de este fondo se realizarán prioritariamente inversiones de capital, siempre en régimen de coinversión con inversores extranjeros, tanto públicos como privados.

Los coinversores deberán aportar, para cada operación, un volumen de inversión como mínimo equivalente al de FOCO. El Fondo podrá realizar inversiones directas en empresas y también tomará participaciones de capital en vehículos de inversión que apoyen nuevas inversiones en España en los sectores objetivo de FOCO.

Inclusión financiera de personas mayores o con discapacidad

Se eliminan las comisiones por retirada de efectivo en ventanilla para mayores de 65 años y personas discapacitadas, a través de la modificación del artículo 35 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.

Seguridad de los sistemas de pago

El real decreto-ley incluye también el refuerzo de las medidas para aumentar la seguridad y confianza de los ciudadanos en los sistemas de pago y minimizar las incidencias tecnológicas.

Con este objetivo, se extiende a todas las entidades que intervienen en los servicios de pago el cumplimiento de las medidas establecidas en el Reglamento DORA sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero. De forma específica, todos los agentes relevantes del sistema de pagos deberán realizar una adecuada gestión del riesgo relacionado con las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

Entre otras obligaciones tendrán que identificar todas las fuentes de riesgo relacionadas con las TIC, detectar rápidamente las actividades anómalas, los problemas de rendimiento de las redes y los incidentes y disponer de políticas y procedimientos de respaldo, restablecimiento y recuperación, además de planes de comunicación de crisis.

Las entidades deberán implementar las medidas necesarias de forma inmediata y el Banco de España dispondrá de todas las facultades que prevé la normativa aplicable para llevar a cabo la supervisión del cumplimiento de estas obligaciones.

Prórroga de las rebajas fiscales en las facturas de luz y gas

En el ámbito de la energía, se mantiene la rebaja fiscal sobre el IVA de la electricidad que consumen los hogares. El tipo de IVA será el reducido del 10% sobre todos los componentes de la factura de las entregas de electricidad. Dicha medida abarcará todo el año 2024. Antes de la crisis energética, la tributación era del 21%.

Para la factura del gas se aplicará el mismo gravamen del 10%. Una rebaja fiscal que estará vigente del 1 de enero al 31 de marzo del próximo año. Este tipo de IVA se aplicará además a pellets, briquetas y leña, sustitutivos ecológicos del gas natural procedentes de biomasa y destinados a sistemas de calefacción. El periodo comprendido para aplicar dicha rebaja abarcará el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de ese mismo año. Antes de la crisis, el IVA en ambos casos era del 21%.

El Impuesto Especial sobre la Electricidad mantendrá asimismo una reducción en su tipo impositivo en el primer semestre de 2024. Durante el primer trimestre de ese año, el tipo del IEE quedará fijado en el 2,5%. En el segundo trimestre, este pasará al 3,8%. Este impuesto alcanzaba el 5,113% antes de que el Gobierno empezara a impulsar medidas.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía, se impulsa una recuperación gradual del mismo tras el descenso de los precios de la electricidad y la normalización del mercado eléctrico. Durante 2024, la base imponible será el importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica. En el primer trimestre, esta base será minorada en la mitad de las retribuciones que correspondan a la electricidad incorporada al sistema. En el segundo, lo será en una cuarta parte de las retribuciones de la electricidad incorporada al sistema.

Todas estas medidas garantizarán el objetivo de mantener una reducción significativa de la factura de productos energéticos de los hogares, en particular durante el periodo invernal. Lo que se compaginará con la normalización de los precios de mercado, que han experimentado rebajas sustanciales con respecto a los periodos de mayor tensión, como el récord de los precios del mercado mayorista de 2021 y la invasión rusa en Ucrania iniciada en febrero de 2022.

Medidas energéticas, impulso de las renovables y reducción del impacto de la sequía

En vista de la persistencia de las tensiones inflacionistas y de la incertidumbre que continúa afectando a los mercados internacionales, ahora también por la guerra en Gaza, el Ejecutivo ha decidido prolongar, durante seis meses con carácter general, la prohibición de cortar los suministros básicos de luz, agua y gas a los consumidores vulnerables; los descuentos reforzados del bono social y las tres categorías de beneficiarios; una fiscalidad reducida para gas y electricidad; los vigentes cargos de la electricidad; las ayudas para las tarifas reguladas de gas (TUR) o la exención del 80% de los peajes eléctricos a la industria electrointensiva, entre otras medidas.

Estas disposiciones de protección se financiarán con cargo al superávit registrado en el sistema eléctrico durante 2022 -y el que pueda registrarse en 2023- así como con partidas específicas recogidas en los próximos Presupuestos Generales del Estado.

Igualmente, con el objetivo de potenciar la generación de energía renovable y la industria asociada a la transición ecológica, ha extendido de forma voluntaria hasta ocho años el plazo de tramitación de nuevos proyectos de renovables; ha incorporado criterios cualitativos en las subastas de renovables que reconozcan el valor añadido social y ambiental de la industria europea; ha seguido impulsando el autoconsumo; y ha introducido el almacenamiento de energía entre los usos del agua, adaptando a esta finalidad las concesiones de las centrales hidroeléctricas de bombeo.

Por otro lado, con relación a la sequía, particularmente notable en las cuencas del sur y el este -como la del Guadalquivir o las internas de Cataluña-, y con la intención de evitar problemas de suministro de agua, se adoptan nuevas medidas urgentes de índole tributario y administrativo, que permiten paliar el impacto de la falta de agua y repartir el recurso de forma solidaria y equitativa entre todos los sectores afectados.

Prórroga del escudo social

Entre las disposiciones que se mantendrán hasta el 30 de junio de 2024 figuran la prohibición de interrumpir por impago los suministros básicos de electricidad, agua y gas natural a los consumidores vulnerables, así como los descuentos del bono social eléctrico del 65% para los consumidores vulnerables, del 80% para los consumidores vulnerables severos y del 40% para los hogares trabajadores con bajos ingresos.

También se mantienen los límites aplicados al crecimiento de la Tarifa de Último Recurso de gas (TUR), que impiden un incremento de coste de la materia prima por encima del 15%, limitando la subida trimestral aproximadamente al 5%, así como la existencia de la TUR vecinal, al que pueden acogerse las comunidades de propietarios con calefacción central de gas natural. El precio máximo que podrá alcanzar el butano seguirá establecido en 19,55 euros por bombona.

Beneficiando a todos los consumidores, los cargos de la electricidad se mantendrán en el mismo nivel que ahora durante todo 2024, esto es, alrededor de un 55% por debajo del nivel que tenían en 2021, antes del estallido del conflicto en Ucrania.

Por otro lado, se extiende seis meses más la reducción del 80% de los peajes de la industria electrointensiva, así como la flexibilización para modificar la potencia eléctrica contratada y los contratos de suministro de gas.

Fiscalidad energética reducida

En materia de fiscalidad energética, se fijan tipos impositivos reducidos sobre los suministros de electricidad, gas natural, combustibles de biomasa empleados para la calefacción -como pellets o briquetas-, así como para los suministros de calor.

En el caso de la electricidad, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se situará en el 10% durante todo 2024; el Impuesto Especial de la Electricidad (IEE) estará en el 2,5% durante el primer trimestre del año y en el 3,8% durante el segundo; y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) tendrá un tipo del 3,5% hasta marzo, pasando a tener un 5,25% hasta junio.

En el caso de los suministros de gas natural, el IVA se situará en el 10% durante los primeros tres meses de 2024, mientras que se mantendrá en ese mismo nivel para los combustibles de biomasa durante seis meses. Los suministros de calor seguirán esa misma pauta, dependiendo de su origen fósil o renovable.

Más apoyo a la industria renovable

La UE ha dado señales claras para que los estados miembros incrementen el apoyo a la industria europea de renovables, clave para garantizar la estabilidad y la seguridad de suministro, para alcanzar los objetivos climáticos y para reforzar su relevante impacto en el empleo y en el tejido empresarial, en un momento en que está reduciendo su cuota en el mercado global.

Concretamente, el reciente Paquete Europeo sobre la Energía Eólica plantea una mejora del diseño de las subastas de renovables para que, además de los criterios económicos, incluyan criterios cualitativos que ponderen los elevados estándares medioambientales y sociales de los productos europeos, que reconozcan el valor añadido de la producción europea.

En consecuencia, las subastas para otorgar el Régimen Económico de Energías Renovables podrán incluir criterios de adjudicación no económicos con una ponderación máxima del 30%, como la contribución a la resiliencia, la sostenibilidad ambiental, la innovación, el impacto socioeconómico del proyecto u otros aspectos que mejoren la integración de las renovables en el sistema eléctrico.

Ocho años de tramitación para proyectos de renovables

Con la intención de potenciar la industria europea asociada a la transición energética y de evitar tensiones en la cadena de valor que pueden encarecer los proyectos y aumentar las importaciones de bienes de equipo, el Ejecutivo ha modificado los hitos de la tramitación administrativa que deben cumplir los nuevos proyectos de energías renovables que estableció el Real Decreto-ley 23/2020,

Con esta modificación también se propicia una incorporación ordenada de las nuevas instalaciones que aumente la visibilidad de la senda para cumplir los objetivos nacionales de producción de energía limpia fijados para 2030 y beneficiar más a toda la economía en un contexto de creciente electrificación.

Por lo tanto, el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Construcción del proyecto se incrementa seis meses, hasta los 49 meses. Además, los promotores podrán prolongar desde los cinco hasta un máximo de ocho años el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Explotación; sólo tendrán que indicar el semestre en que prevén la entrada en servicio de la instalación, con carácter vinculante. El plazo total máximo de tramitación para los parques eólicos marinos y los bombeos hidroeléctricos pasa a ser de nueve años.

Más capacidad de red para autoconsumo

Con un avance adicional de la política de fomento del autoconsumo, y favoreciendo particularmente a las instalaciones de gran escala, ligadas a la actividad industrial, el 10% de la capacidad de todos los nudos de la red de transporte de electricidad reservada para celebrar concursos de acceso, queda a su vez reservado para garantizar la evacuación de los excedentes de las instalaciones de autoconsumo.

Asimismo, se facilitará el acceso a los fondos para autoconsumo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con modificaciones puntuales en el Real Decreto 477/2021, habilitando a las comunidades autónomas -encargadas del reparto de fondos territorializados- a reducir la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de adjudicación.

Retribución a la cogeneración

Con el objetivo de aportar certidumbre a las instalaciones de cogeneración, biomasa y tratamiento de residuos, cuyos costes de explotación dependen esencialmente del coste del combustible, el Gobierno ha aprobado los valores de referencia para calcular sus ingresos regulados a partir del próximo 1 de enero, como el precio de la electricidad y el gas en los mercados mayoristas.

La retribución a la operación que percibirán estas de instalaciones durante el primer semestre de 2024 asciende a 685 millones para la cogeneración y el tratamiento de residuos, y 2,23 millones para la biomasa. Estas cifras no implican sobrecoste con relación a las estimaciones de la propuesta de metodología para actualizar la retribución a la operación que inició su tramitación en noviembre.

Impulso al almacenamiento hidroeléctrico de energía

El almacenamiento de energía es fundamental para la integración de grandes volúmenes de producción renovable y la electrificación acelerada de la economía. En este sentido, el Gobierno ha integrado el almacenamiento entre los usos del agua, ubicándolo en tercer lugar en el orden de preferencia establecido, por detrás del abastecimiento a poblaciones y el uso agrario, y por delante de la producción de energía eléctrica y de otros usos industriales. Igualmente, se adaptan las concesiones de las centrales hidroeléctricas de bombeo para que se consideren como almacenamientos hidráulicos de energía y se propicie su repotenciación.

Distribución solidaria y justa de los recursos hídricos

La norma aprobada también incluye dos tipos de medidas para afrontar la sequía, de exención tributaria y de tipo administrativo, para corregir o mitigar la situación.

Por un lado, durante 2024 se conceden exenciones sobre el canon de regulación y la tarifa de utilización del agua para las explotaciones agrarias beneficiarias de las obras hidráulicas en las siguientes cuantías: el 50% de reducción de la cuota si se ha producido una bajada de la dotación de agua superior al 40% e inferior al 60%. Y del 100% de reducción de la cuota si la bajada de la dotación de agua es igual o superior al 60%.

Por otro lado, las confederaciones hidrográficas podrán establecer las reducciones de suministro necesarias para la justa y racional distribución de los recursos, modificar los criterios de prioridad en las asignaciones o suspender cautelarmente el otorgamiento de títulos que implique el incremento del consumo. Además, se refuerza el régimen sancionador para las infracciones relacionadas con estas medidas.

A los usuarios de las obras hidráulicas de la cuenca Guadalquivir se les concede una reducción del 50% al canon de regulación y la tarifa de utilización del agua. Y a los regadíos de la cuenca del Segura que usan el Acueducto Tajo-Segura, se les exime de las aportaciones correspondientes al coste de las obras y los gastos fijos de la tarifa de conducción de las aguas, entre otras facilidades.

Eficiencia energética

El texto del real decreto-ley refuerza la apuesta del Gobierno por impulsar la rehabilitación energética de viviendas o edificios, al prorrogar las deducciones de IRPF vinculadas a las obras realizadas con ese fin. Por este motivo, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 todas las medidas destinadas a las reformas que ayuden a realizar un consumo más sostenible de energía, ya sea en casas particulares o en bloques de vecinos.

Estas ayudas, vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), permitirán deducirse un 20%, 40% o 60% de IRPF a quienes impulsen estas actuaciones sobre sus propiedades. Unos porcentajes sujetos al tipo de vivienda y a la profundidad de las obras que se realicen para lograr el objetivo de reducir el consumo y obtener los certificados correspondientes que así lo avalen.

Junto a lo anterior, hay que destacar la prórroga en la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

IVA de los alimentos

La rebaja impositiva sobre los alimentos que ha estado vigente todo 2023 se prorrogará hasta el 30 de junio de 2024. Las pastas y los aceites de oliva y semillas también seguirán con el IVA reducido del 5% como ya ocurría hasta ahora. Además, los considerados como alimentos de primera necesidad mantendrán un tipo de IVA del 0%. Esto afectará a los siguientes:

  • El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  • Las harinas panificables.
  • Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  • Los quesos.
  • Los huevos.
  • Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

Estas medidas que buscan seguir abaratando la cesta de la compra continuarán siendo únicamente para el consumidor. Por lo que dicha reducción no podrá dedicarse a incrementar márgenes de beneficios empresariales que puedan llevar a un encarecimiento de la cadena de producción.

Autónomos

El Ejecutivo continuará respaldando a los trabajadores autónomos con el mantenimiento de las ayudas y beneficios fiscales aprobados en los últimos años para facilitarles su labor. Para ello, se permitirá que apliquen el método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento neto de su actividad económica.

Esto evitará un incremento en sus obligaciones, al extenderse durante 2024 los límites cuantitativos que delimitan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.
La excepción son las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que ya dispone de un límite cuantitativo por volumen de ingresos específico. Lo mismo ocurrirá con el IVA, al prorrogarse el próximo ejercicio los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

Gravámenes energético, bancario y de solidaridad

El real decreto-ley incluye la prórroga durante 2024 de los dos gravámenes temporales previstos en la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Además, contempla la futura revisión de ambos gravámenes para su plena integración en el sistema tributario. De la misma manera, también se prevé una posible concertación con las comunidades de País Vasco y Navarra.

El texto plantea además el establecimiento en la Ley de Presupuestos Generales de 2024 de un incentivo para que los obligados al pago en el sector energético accedan al mismo si realizan inversiones estratégicas desde 1 de enero de 2024.

Y se prorroga la aplicación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas mientras no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en las CCAA. Circunstancia que está vinculada a la reforma del sistema de financiación autonómica.

Descuentos en los abonos y títulos multiviaje de transporte público urbano e interurbano en 2024

El Gobierno ha prorrogado las ayudas directas para promover la rebaja de, al menos, el 50% del precio de los abonos y títulos multiviaje del transporte público colectivo urbano e interurbano durante todo 2024. En concreto, el Gobierno ha decidido subvencionar durante 12 meses más la rebaja del 30% del transporte a las comunidades autónomas y las entidades locales que se comprometan a implantar y complementar los descuentos para que, como mínimo, se reduzca a la mitad el precio de los servicios de transporte terrestre de su competencia para los viajeros habituales.

Por otro lado, el acuerdo recoge también las particularidades que se aplicarán en Canarias y Baleares, donde el transporte público terrestre colectivo seguirá siendo gratuito para todos los viajeros habituales en 2024.

Las iniciativas, incluidas en el Real Decreto ley aprobado hoy en Consejo de Ministros para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra, se enmarcan en las medidas encaminadas a aliviar el bolsillo de la ciudadanía, a la vez que se incentiva el uso del transporte público colectivo, un modo más seguro y sostenible.

Descuentos del 50%

El Estado destinará un máximo de 660 millones de euros para cubrir el coste de la reducción de un 30% en el precio de los abonos y títulos multiviaje, de forma que las administraciones autonómicas y locales deberán financiar, con cargo a sus propios presupuestos, la cuantía restante para compensar a las empresas y operadores de transporte terrestre. Es decir, deberán financiar una rebaja de al menos el 20% entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

En este sentido, la regulación recoge mecanismos de flexibilidad como la posibilidad de que, si la implantación efectiva se produce antes del 1 de febrero de 2024, se pueda habilitar un procedimiento para devolver o compensar las cantidades correspondientes por la compra de abonos y títulos multiviaje, excluido el ida y vuelta, que no hubieran podido beneficiarse de la reducción.

Para acceder a las ayudas, las Comunidades Autónomas y las entidades locales deberán presentar una solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Transportes antes de 31 de enero de 2024 en la que debe constar el compromiso de implantación de una reducción del 50% de los abonos y títulos multiviaje para viajeros habituales.

Se trata de una medida en la que todas las administraciones competentes han de estar implicadas, que fomenta el uso del transporte público colectivo en la movilidad obligada, como medio más seguro, fiable, cómodo, económico y sostenible que el coche particular, y reduce su coste para la ciudadanía en una coyuntura extraordinaria de incremento sostenido de los precios de la energía y los combustibles.

Canarias y Baleares

Respecto a la gratuidad del transporte público terrestre colectivo para viajeros habituales en Canarias y Baleares, el Real Decreto Ley regula la capacidad de estas Comunidades Autónomas para recibir la financiación que les permita establecer un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje.

El establecimiento de este descuento se financiará con cargo a los correspondientes créditos presupuestarios del Ministerio de Transportes y Movilidad sostenible por importe de 124 millones de euros: 43 millones de euros a Baleares y 81 millones de euros a Canarias.

1.464 millones para impulsar el transporte público colectivo

Las políticas de bonificación del transporte urbano e interurbano se suman a la prórroga de un año de la gratuidad y los descuentos de los servicios de Renfe y de las líneas de autobús de titularidad estatal para fomentar una movilidad cotidiana más sana, sostenible y segura. En total, el Gobierno destinará 1.464 millones de euros en financiar las medidas:

  • 600 millones de euros para compensar a Renfe la gratuidad de los abonos de Cercanías, Rodalies y Media Distancia Convencional y los descuentos del 50% de los títulos multiviaje de Avant
  • 80 millones de euros para compensar la gratuidad de las líneas autobús estatales para viajeros recurrentes.
  • 660 millones de euros para financiar el 30% de los descuentos de los abonos y títulos multiviaje del transporte público colectivo de titularidad autonómica y local.
  • 124 millones de euros para la bonificación del 100% del transporte público colectivo terrestre de canarias y baleares.

La extensión de los descuentos durante un año más, recogida en el Real Decreto-ley aprobado hoy. responde al compromiso del Gobierno de garantizar la movilidad obligada cotidiana, contribuyendo a impulsar la cohesión territorial y social, y a la gran acogida de la medida.

Impacto de las medidas

Las políticas de bonificación iniciadas en septiembre de 2022, y prorrogadas en todo 2023, han contribuido a aumentar el uso del transporte público.

En este sentido, se observa un "desacoplamiento" entre la evolución de la movilidad general, el consumo de carburantes y la demanda del transporte público urbano, que permiten deducir la "captación" de usuarios del vehículo privado gracias a las medidas implantadas. En concreto, la movilidad general dentro de las áreas urbanas se ha mantenido prácticamente estable este año, mientras que el consumo de gasolina y gasóleo en automoción cayó un 1,4% en junio de 2023, respecto al mismo mes de 2022, y la demanda del transporte público urbano ha crecido el 21,7%.

En todos los modos se produce un aumento de demanda en valores absolutos a partir de septiembre de 2022 respecto al mes de mayo de 2022 (mes de referencia).

Todos los servicios de transporte público urbanos y metropolitanos han seguido una evolución similar desde enero de 2019 y concretamente desde septiembre de 2022 cuando entraron en vigor los descuentos. Este efecto pone de manifiesto la necesidad de seguir manteniendo la homogeneidad en políticas tarifarias ya recogida hasta el momento.

El transporte público colectivo es un modo de transporte esencial, seguro, fiable, cómodo, más económico y evita atascos frente al transporte en vehículo particular. Por otro lado, es más justo en términos sociales, más inclusivo y tiene un alto impacto positivo en la economía y la industria. Además, es una pieza clave para conseguir los objetivos climáticos y de reducción de emisiones de todo tipo y de mejora de la siniestralidad que nos hemos marcado como sociedad.

El transporte público colectivo permite, además, hacer un uso más eficiente del espacio público y reducir la congestión en las ciudades y en las carreteras de todo tipo. La capacidad de un autobús o un autocar estándar permite transportar a los viajeros de más de 30 vehículos privados y el metro o el ferrocarril convencional pueden acoger a cientos de viajeros en un solo convoy.

Prorroga de la gratuidad de Cercanías, Rodalies, Media Distancia convencional y de las líneas de autobús estatales

El Gobierno ha aprobado prorrogar durante 2024 la gratuidad de los servicios de Cercanías, Rodalies y Media Distancia convencional y de las líneas de autobús de titularidad estatal para viajeros habituales, así como los descuentos del 50% de los abonos Avant. A través del Real Decreto-ley para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra, se recogen dichas medidas para incentivar el uso del transporte público colectivo y así acelerar el cambio a una movilidad más sana, segura y sostenible, contribuir a reducir las emisiones contaminantes y garantizar la accesibilidad y asequibilidad del transporte. Todo ello en un contexto marcado por la incertidumbre en la evolución de los precios de la energía por el conflicto en Ucrania y Oriente Medio y la superación de los efectos de la crisis del COVID-19 y del elevado incremento de la inflación.

La extensión de los descuentos durante un año, incluyendo la gratuidad en los servicios de proximidad, responde al compromiso del Gobierno de garantizar la movilidad obligada cotidiana, contribuyendo a impulsar la cohesión territorial y social, y a la gran acogida de la medida, aplicada desde septiembre de 2022. Por ejemplo, en el último cuatrimestre de 2023 Renfe ha emitido más de 2,4 millones de abonos gratuitos y con descuentos en toda España.

Así, con el inicio de estas bonificaciones se ha observado un impulso en el uso del transporte público que es necesario consolidar para ahondar en el uso de alternativas de movilidad más sostenibles en detrimento del vehículo privado.

Y es que, por ejemplo, el ahorro en todo el año 2024 para una familia (pareja con dos hijos mayores de 14 años) que utilice el tren de Cercanías desde las afueras de Madrid, desde la 'corona' o zona B3 (una de las más utilizadas), será de 3.297 euros, 274,7 euros al mes. El ahorro, en condiciones de movilidad similares, será de 3.357 euros en Barcelona, casi 280 al mes; y 5.585 euros en Valencia, 465,4 euros al mes. Asimismo, un estudiante sevillano/a, en sus rutas a la universidad del puede llegar a ahorrarse 920 euros anuales para el caso de un usuario del abono estudio, que cubra las 6 zonas de las Cercanías de Sevilla.

Un viajero que use la ruta de media distancia convencional entre Valladolid y Palencia se ahorrará 1.252 euros durante todo el año de vigencia de la medida. En el caso de la línea entre Ourense y A Coruña, el ahorro anual para los viajeros que adquirieran abonos para realizar 40 viajes al mes, se eleva a los 4.966 euros. Además, una persona que viaje todos los viernes entre Sevilla y Palma del Río en un tren media distancia, y regrese los domingos, se ahorra 756,8 euros al año con los descuentos.

Los nuevos títulos cuatrimestrales se podrán solicitar a través de la app de Cercanías Renfe y, en el caso de los abonos de Media Distancia, en la web de Renfe y por los canales habituales durante los próximos días, tras la publicación en el BOE del Real Decreto-Ley.

El texto regula la prórroga de un año de las bonificaciones a los abonos y títulos multiviaje de dichos servicios ferroviarios de Renfe, que podrán adquirirse en la web del operador a partir de la publicación del Real Decreto-ley en el Boletín Oficial de Estado (BOE) y la firma de la resolución de la Secretaría de Estado, que recoge las condiciones de comercialización, uso y vigencia de los abonos, en la sede electrónica del Ministerio. El momento concreto de adquisición de los abonos será comunicado por Renfe a través de sus canales de información habituales.

El Ministerio destinará 600 millones de euros para compensar a Renfe por los descuentos aplicados y los costes de implantación de la medida. Cifra que se eleva a los 680 millones si se incluye la gratuidad de las líneas de autobús competencia estatal.

Prórroga de los abonos gratuitos de Renfe

De cara al 2024, Renfe mantendrá los títulos multiviaje específicos por cada núcleo de Cercanías y para cada origen-destino de los servicios de media distancia convencional con una vigencia de cuatro meses que corresponde con cada cuatrimestre natural del año. Así, seguirán a disposición de los usuarios un abono con validez hasta 30 de abril, otro con vigencia hasta el 31 de agosto y un tercero válido hasta el 31 de diciembre.

Las condiciones de adquisición y utilización de los abonos gratuitos son similares a las de los títulos actuales, aunque Renfe va a reforzar las medidas antifraude, medidas que irán acompañadas de campañas de información al ciudadano. Así, el usuario debe estar registrado en la web de Renfe con su DNI para solicitar los abonos, depositar una fianza de 10 euros, en el caso de que adquiera un título de Cercanías o Rodalies, y de 20 euros para los servicios de Media Distancia convencional, que se devolverá al final de cada cuatrimestre, siempre y cuando se cumplan las condiciones, como haber realizado al menos 16 viajes en el periodo de vigencia de los abonos.

En cuanto a los servicios de proximidad entre Palma del Río y Villa del Río, Illescas y Fuenlabrada, Málaga-El Chorro-Caminito del Rey, Murcia-Cartagena y Medina del Campo-Valladolid-Palencia, de cara al año que viene les serán aplicables las condiciones de los abonos de Cercanías, por lo que la fianza será de 10 euros. En 2023 fueron asimilables como media distancia.

Estos abonos gratuitos (con fianza de 20 euros) de Media Distancia podrán ser utilizados en los servicios Avant punto a punto entre Madrid y Salamanca y en la relación A Coruña-Ourense, que se prestan sobre la red de ancho convencional, así como en la relación Murcia-Alicante, que se presta a través de la red de Atlas Prestaciones.

Renfe pondrá a disposición de los viajeros más información sobre las condiciones de adquisición, utilización y vigencia de los abonos a través de su página web.

Gratuidad de las líneas de autobús

Por otro lado, el Real Decreto-ley prorroga la gratuidad de los abonos y títulos multiviaje a las líneas de autobús de titularidad estatal con el fin de evitar asimetrías entre los distintos modos de transporte terrestre.

Así, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, los usuarios recurrentes para un trayecto con origen-destino determinado tendrán derecho a una bonificación del 100% del precio del billete, siempre que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que realicen, como mínimo, 16 viajes al cuatrimestre, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
  • Que se hayan registrado en el lugar que habilite cada empresa concesionaria del servicio que atiende el origen-destino concreto, con el fin de obtener un código único personalizado (en formato QR y/o alfanumérico).

La Secretaría de Estado publicará próximamente una resolución para fijar las condiciones de comercialización, utilización, vigencia y caducidad de los títulos de viaje, la limitación en el número de títulos con descuento, así como las obligaciones que deben cumplir los concesionarios y las necesarias para establecer la operativa.

Abonos Avant al 50%

Por último, se prorroga durante un año el descuento del 50% para usuarios recurrentes de los servicios ferroviarios Avant, declarados como obligación de servicio público. Por ejemplo, si el precio de un abono Avant mensual de 50 viajes para la ruta Barcelona - Lleida asciende a los 576,20 euros, el coste anual sumaría los 6.914 euros, por lo que con el descuento del 50%, el usuario se podrá ahorrar unos 3.457 euros al año.

Así, se mantiene una rebaja del 50% a todos los títulos multiviaje Avant (Abono Tarjeta Plus, Tarjeta Plus 10 o Tarjeta Plus 10-45), que se vendan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, con condiciones de uso específicas.

En este sentido, aunque los diferentes tipos de abono disponen de un plazo distinto de utilización y validez, los títulos adquiridos el año que viene no podrán ser utilizados con posterioridad al 31 de enero de 2024.

En el caso de los Avant, Renfe también va a acentuar las medidas antifraude, que se concretarán en los primeros días de enero.

Es importante señalar que el Gobierno convirtió en Obligaciones de Servicio Público (OSP) 13 líneas de alta velocidad de media distancia, 12 de las cuales conectan con una ciudad de Castilla y León: Madrid - Palencia, Madrid - Zamora, León - Valladolid, Burgos - Madrid, León - Palencia, Burgos - Valladolid, Ourense - Zamora, Palencia - Valladolid, León - Segovia, Segovia - Zamora, Palencia - Segovia, Medina del Campo - Zamora y Huesca - Zaragoza.

Las rutas en las que operan los abonos con descuentos del 50%:

Servicios AVANT con descuentos del 50% para usuarios recurrentes
  • Sevilla <=> Córdoba <=> Málaga
  • Sevilla <=> Córdoba <=> Granada
  • Málaga <=> Granada
  • Figueres <=> Girona <=> Barcelona
  • Lleida <=> Barcelona
  • Madrid <=> Medina del Campo AV
  • Valladolid <=> Segovia <=> Madrid
  • Segovia <=> Medina <=> Salamanca
  • Madrid <=> Ciudad Real <=> Puertollano
  • Madrid <=> Toledo
  • Albacete <=> Cuenca <=> Madrid/Toledo
  • Cuenca <=> Madrid
  • Cuenca <=> Requena-Utiel <=> Valencia
  • Madrid <=> Palencia
  • Madrid <=> Zamora
  • León <=> Valladolid
  • Burgos <=> Madrid
  • León <=> Palencia
  • Burgos <=> Valladolid
  • Ourense <=> Zamora
  • A Gudiña <=> Ourense
  • Palencia <=> Valladolid
  • Huesca <=> Zaragoza
  • León <=> Segovia
  • Segovia <=> Zamora
  • Palencia <=> Segovia
  • Medina del Campo <=> Zamora
  • A Gudiña <=> Puebla Sanabria
  • Zamora <=> Puebla Sanabria
  • Puebla Sanabria Ourense
  • A Gudiña <=> Zamora

Suspensión de los desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional

Se extiende el periodo de suspensión de los desahucios y lanzamientos de hogares vulnerables económica y socialmente de su vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2024, en los casos ya previstos por la normativa actual.

De esta forma, para atender a la realidad social y económica de los hogares en el contexto del proceso de mitigación de la dinámica inflacionista y de la prolongación de las consecuencias de la situación internacional, se extienden determinadas medidas de protección en situaciones de vulnerabilidad en materia de vivienda que fueron introducidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias para hacer frente al COVID-19.

Ello obedece, en gran parte, a la existencia de un escenario marcado por la extensión temporal de la Guerra de Ucrania y sus repercusiones en la economía de las familias, principalmente, a través del crecimiento de los precios al consumo que inciden de un modo especial en aquellas personas y hogares con menores recursos.

Compensaciones para arrendadores o propietarios

Junto a la ampliación de la medida durante un año más para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, se contempla también la posibilidad hasta el 31 de enero de 2025 de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario, recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

Asimismo, se extiende el plazo para que los arrendadores y titulares de vivienda afectados por la suspensión extraordinaria en vigor del desahucio o lanzamiento puedan presentar la solicitud de compensación prevista en ese mismo RDL. Dicho plazo era de un mes desde la finalización de la vigencia de las medidas. Así, con la ampliación prevista para estas medidas, el nuevo plazo en el que se podrá presentar dicha solicitud queda fijado hasta el 31 de enero de 2025.

Medidas de protección de carácter social

La ampliación de las medidas de protección se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

En este último supuesto, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación.

En estos casos, siempre se tendrán en cuenta aquellos que ya se regularon en los que la suspensión nunca podrá dictarse y son:

  • Cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario.
  • Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.
  • Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
  • Cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas.
  • Cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante
  • Que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020.

Ley de Vivienda

La extensión durante todo 2024 de la prórroga aprobada en el Real Decreto, se suman a las medidas de carácter estructural que se están llevando a cabo en este ámbito desde Mivau, encaminadas a hacer efectivo el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna adecuada, como la aprobación y entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda.

La nueva legislación establece un incremento máximo anual del 3% del alquiler en los contratos vigentes desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre e introduce un mandato al Instituto Nacional de Estadística (INE) para que defina antes del 31 de diciembre de 2024 un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda para evitar incrementos desproporcionados en la renta. Cabe recordar que la limitación del 2% de la actualización anual de la renta aprobada a finales de 2022 ha continuado vigente durante todo este 2023.

La Ley de Vivienda también recoge mejoras en el procedimiento de desahucio que pueda afectar a la vivienda habitual de hogares vulnerables para garantizar una comunicación efectiva y rápida entre el órgano judicial y los servicios sociales a través de un requerimiento para que estos evalúen la situación y, en su caso, atiendan rápidamente a las personas en situación de vulnerabilidad económica y/o social.

En este sentido, se asegura que los Servicios Sociales puedan ofrecer soluciones habitacionales a los afectados, evitando situaciones de desamparo como consecuencia del desalojo. Mientras estas soluciones se producen, se incrementan los plazos de suspensión de los lanzamientos en estas situaciones de vulnerabilidad, de 1 a 2 meses cuando el propietario es persona física, y de 3 a 4 cuando es persona jurídica. Además, se introducen en el procedimiento criterios objetivos para definir las situaciones de vulnerabilidad económica.

Apoyo a los promotores públicos y privados para la construcción de vivienda a precio asequible

El Consejo de Ministros ha aprobado la creación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación para incrementar el parque de vivienda en alquiler social o a precio asequible, así como para mejorar el ya existente. Los fondos están vinculados a la Adenda del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea.

La medida está incluida en el Real Decreto-ley aprobado, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

Esta línea de préstamos está relacionada con la Adenda del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que establece el desarrollo de una nueva inversión, línea de préstamos ICO para ampliar la vivienda social, con una dotación de 4.000 millones de euros del tramo de préstamos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Fue aprobada por la Comisión Europea el pasado 2 de octubre y su creación permitirá la construcción de más de 40.000 viviendas públicas y privadas destinadas al alquiler asequible.

De esta forma, la línea de préstamos para el impulso de la vivienda social se complementará con una línea de avales que proporcionará cobertura financiera parcial para la realización de proyectos por un importe máximo de hasta 2.000 millones de euros para la construcción de edificios energéticamente eficientes o la rehabilitación con criterios de eficiencia energética.

Avales dirigidos a promotores públicos o privados

Mediante este Real Decreto-ley se autoriza al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para que, mediante convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO), por un plazo de hasta treinta y cinco años, se desarrolle una línea de avales que ofrezcan cobertura parcial del Estado, para la financiación a promotores públicos y privados en forma de préstamo dentro de la Facilidad ICO del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) para promoción de vivienda social.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, distribuirá, a través del ICO, los fondos europeos del Plan de Recuperación en forma de préstamos a largo plazo para la construcción de vivienda, sobre suelo público o privado, y para la rehabilitación de edificios, tanto de titularidad pública como privada, que vayan a destinarse a vivienda habitual en alquiler social o asequible. Los fondos van dirigidos a promotores públicos o privados y financiarán desde la adquisición de suelo público o privado y la construcción de vivienda nueva, hasta la adquisición de edificios públicos o privados para rehabilitar y/o las actuaciones de rehabilitación.

(CONSEJO DE MINISTROS 27-12-2023)