La negociación colectiva transnacional como instrumento de gobernanza mundial del trabajo del futuro

En el contexto de la globalización, la desintegración y digitalización de los procesos productivos por parte de las empresas constituyen, sin duda, los factores más determinantes en la transformación experimentada por las estructuras socioeconómicas en la actualidad. La creación de redes de empresas multinivel, donde concurren un número indeterminado de agentes (contratistas, subcontratistas, proveedores) que intervienen en la cadena de suministro diseñada por la empresa principal, se concibe como una estrategia dirigida a la reducción de costes laborales y encuentra su máxima expresión cuando trasciende las fronteras nacionales y prescinde de los eventuales límites o restricciones que pudieran derivarse de las regulaciones estatales. Ante la inoperancia de las tradicionales instituciones de protección jurídica, concebidas a escala estatal, el objetivo del presente estudio es, precisamente, analizar el papel que puede desempeñar la negociación colectiva transnacional como instrumento de gobernanza del trabajo asalariado a nivel global, tomando como referente experiencias como las que, de forma paradigmática, representa la adopción de acuerdos marco internacionales en el seno de empresas multinacionales y otras iniciativas de interés.

Palabras clave: negociación colectiva transnacional; acuerdos marco internacionales; trabajo decente; gobernanza global del trabajo asalariado.

Manuel Correa Carrasco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad Carlos III de Madrid
 

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚMS. 437-438 (agosto-septiembre 2019)

Comprar Documento en ceflegal.com

Referencias bibliográficas

Accord. (2013). Acuerdo de Bangladesh sobre incendios y seguridad en la construcción. Recuperado de <https://bangla
deshaccord.org/> (consultado el 15 de febrero de 2019).
Álvarez Alonso, D. (2017). El futuro del trabajo y su regulación jurídica ante los retos de la «atomización» y la fragmentación empresarial. Recuperado de <https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---europe/---ro-geneva/---ilo-madrid/documents/arti
cle/wcms_548570.pdf> (consultado el 12 de marzo de 2019).
Bano, F. (2008). Lavoro e prestazioni di servizzi transnazionali. Lavoro e Diritto, 1, 8-36.
Barthélémy, J. y Cette, G. (2012). Droit social: pourquoi y comment le refonder? Droit Social, 9, 763-770.
Boix, I. y Garrido Sotomayor, V. (2019). Proyecto ACT. Impulso global, sindical y empresarial, de negociación colectiva local. Recuperado de <http://www.industria.ccoo.es/0f076885650c94b38bbed355496a4720000060.pdf> (consultado el 30 de marzo de 2019).
Cassese, S. (2006). Oltre lo Stato. Roma: Laterza.
Comisión Europea. (2011). Estrategia renovada de la UE para 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones (COM 2011-681).
Correa Carrasco, M. (2016). Acuerdos marco internacionales: de la responsabilidad social empresarial a la autonomía colectiva transnacional. Valencia: Tirant lo Blanch.
Forrester, V. (2001). Una extraña dictadura. Barcelona: Anagrama.
García-Muñoz Alhambra, M. A. (2017). La negociación colectiva europea de sector. Albacete: Bomarzo.
Guarriello, F. (2012). In diritti di contrattazione colectiva in un'economia globalizzata. Giornale di Diritto del Lavoro e di Relazioni Industriali, 3(34), 341-359.
Hernández, E. (2014). El fin de la clase media. Madrid: Clave Intelectual.
Holdcroft, J. (2019). Acuerdos globales vinculantes ofrecen justicia en cadenas de suministro. Recuperado de <http://www.industriall-union.org/es/acuerdos-globales-vinculantes-ofrecen-justicia-en-cadenas-de-suministro> (consultado el 20 de marzo de 2019).
Inditex. (2017a). Informe anual. Recuperado de <https://static.inditex.com/annual_report_2017/assets/pdf/c2_es.pdf> (consultado el 10 de abril de 2019).
Inditex. (2017b). Memoria anual. Balance de sostenibilidad. Recuperado de <https://static.inditex.com/annual_report_2017/balance-sostenibilidad> (consultado el 10 de abril de 2019).
Inditex. (2018). UK Modern Slavery Act Statement. Recuperado de <https://www.inditex.com/documents/10279/364755/Inditex+Modern+Slavery+Statement_Espa%C3%B1ol/59a46c10-2bc3-c865-c719-69d5fe0d25c6> (consultado el 18 de marzo de 2019).
Kreisler, I. (2005). Hacia una deslocalización textil responsable. Documento de trabajo, 78. Madrid: Fundación Alternativas.
Lo Faro, A. (2008). Diritti social e libertà economiche del mercato interno: considerazioni minime in margine ai casi Laval e Viking. Lavoro e Diritto, 1(22), 63-96.
Lyon-Caen, G. (2004). Permanence et renouvellement de droit du travail dans une économie globalisée. Droit Ouvrier, 667, 49-56.
Lyon-Caen, A. (2005). Le travail dans le cadre de la prestation internationale de services: quelques observations. Droit Social, 5, 502-512.
Mango. (2018). Acuerdo global para contribuir a la aplicación de las normas internacionales del trabajo en la cadena de suministros. Recuperado de <http://www.industria.ccoo.es/5236f091844bb8732cd23710272a65bb000060.pdf> (consultado el 11 de abril de 2019).
Miranda Boto, J. M. (2018). Competencias, fuentes y papel de las instituciones de la UE en materia social. En M. E. Casas Baamonde y R. Gil Alburquerque (Dirs.), Derecho social de la Unión Europea. Aplicación por el Tribunal de Justicia (pp. 71-90). Madrid: Francis Lefebvre.
Molina Navarrete, C. (2018). La «condicionalidad social» del «libre comercio»: ¿imperativo para un modelo confiable de economía global inclusiva? En G. Quintero Lima (Dir.), La globalización económica y el futuro del trabajo: algunas reflexiones (I y II Seminario sobre la protección internacional de los derechos laborales) (pp. 7-24). Getafe: Universidad Carlos III de Madrid.
OIT. (2015). Informe sobre perspectivas sociales y del empleo en el mundo: el empleo en plena mutación. Recuperado de <https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---publ/documents/publication/wcms_368643.pdf> (consultado el 23 de marzo de 2019).
OMC. (2015). Normas del trabajo: consenso, coherencia y controversia. Recuperado de <https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/bey5_s.htm#top> (consultado el 12 de abril de 2019).
Parlamento Europeo. (2016). Resolución sobre la situación en Eritrea de 10 de marzo de 2016 –2016/2568 (RSP)–. Recuperadode <http://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-8-2016-0090_ES.html?redirect> (consultado el 10 de abril de 2019).
Rodríguez Escanciano, S. (2009). La necesaria adaptación de la estrategia sindical a las transformaciones actuales de las organizaciones empresariales: algunas cuestiones a considerar. Revista Universitaria de Ciencias del Trabajo, 10, 95-120.
Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, M. (2008). Libertad de prestación de servicios y acción sindical. Relaciones Laborales. Revista Crítica de Teoría y Práctica, 23-24, 1-9.
Ryder, G. (2007). La CSI ante los retos del sindicalismo internacional. En El sindicalismo internacional y la globalización de los derechos sociales (pp. 19-35). Gaceta Sindical. Reflexión y Debate, 8.
Sanguineti Raymond, W. (2016). Redes empresariales y derecho del trabajo. Granada: Comares.
Standing, G. (2013). El precariado. Una nueva clase social. Madrid: Pasado y Presente.
Tapia Hermida, A. (2008). Libertades fundamentales (libre prestación de servicios y libertad de establecimiento) y medidas de conflicto colectivo. Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, 301, 79-116.