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Subsidio mayores 52 años

Me pongo en contacto con usted para solicitar asesoramiento por la tramitacion de un subsidio.
Mi caso es que soy Argentina y con 11 años de residencia en España, mayor de 52 años y he agotado la prestacion contributiva por desempleo. Cumplo todos los requisitos para solicitar la de mayor de 52 años, menos el de los 15 años trabajados ya que como he aclarado mas arriba llevo aqui desde el año 2001, pero he trabajado en Argentina desde 1978 hasta 2001, o sea 23 años, entre relacion de dependencia y autonomos.
Necesitaria en principio aclarar si por el convenio bilateral entre ambos paises, España considera los años trabajados (en este caso en Argentina) a la hora de completar el requisito de los 15 años, es decir si lo trabajado en Argentina me serviria para justificar los 4 años que me faltan; ya que he leido que dicho convenio no reconoce los años de aporte para la tramitacion de este tipo de subsidios, y si en cambio para la tramitacion de la jubilacion.
Me he personado en la oficina del Inem y me obligan a tramitar el de mayor de 52 años exigiendo que solicite la informacion faltante a Argentina, que (en caso de valer) se demora por mas de 6 meses en contestar.
En caso de ser esto correcto, podria solicitar el de mayor de 45 para poder ir cobrandolo y mientras tanto tramito la informacion que el Inem me pide a Argentina?
Sino,cual seria entonces el subsidio a solicitar, habida cuenta que no poseo ningun otro ingreso, soy soltera y necesito contar con algun tipo de ingreso.
De las alternativas que he valorado:
-Subsidio Mayores de 45 años
-Subsidio Mayores de 52 años
-Renta Activa de Inserción
La pregunta es si reuniendo las condiciones para su solicitud existe una prioridad que determine la ley o bien puedo "elegir" cual solicitar.
En caso de no poder justificar los 4 años que me faltan, no podria solicitar la de mayores de 52, con lo que tendira que solicitar la de mayores de 45 sin cargas, con el agravante que este subsidio no cotiza para la jubilacion y solo se otorga por 6 meses. De manera que si no reuno los requisitos para el de mayor de 52 la unica alternativa que tengo es cobrar el de 45 sin cargas solo por 6 meses? y luego que hago si no consigo trabajo, ya que no es prorrogable?
En cuanto a la Renta Activa de Inserción entiendo que se otorga por 11 meses y si cotiza para la jubilacion.
No se si esta informacion con la que cuento es correcta, por favor necesito asesoramiento para su tramitacion ya que el plazo que tengo es de 15 dias a contar desde el 26 de marzo 2012.
Agradezco desde ya su atencion y quedo a la espera de una respuesta a la mayor brevedad posible.
Atentamente.

Forums: 

aqui tienes un link donde explica toda la regulacion del subsidio
http://www.laboral-social.com/el-subsidio-de-desempleo-para-mayores-de-52-anos.html

yo tengo entendido en cuanto al cómputo recíproco de cotizaciones que se aplica solo para las pensiones contributivas, la más habitual es jubilación.
en cuanto a los requisitos para acceder a los subsidios cada uno tiene unos específicos pero el principal es ausencia de rentas ( no superiores al 75% del SMi) y tienen un periodo limitado

A continuación paso a detallarle punto por punto sus dudas remitidas:

1- Usted no se tiene que poner en contacto con Argentina, sino será la Seguridad Española la que se pondrá en contacto con la Seguridad Social de Argentina para que justifique los periodos cotizados en ese país. ¿ Ha cotizado 6 años al desempleo en España?

2. Prevalece el Subsidio de mayores de 52 años de los demás regulados en el art 215 de Ley General de la Seguridad Social.

3. En su caso tiene que solicitar el subsidio de mayores de 52 años en dicha solicitud de subsidio deberá aportar documentación acreditativa que ha trabajado en Argentina: Número de Seguridad Social, Empresas.

Dicha documentación se remitirá al INSS que enviará a Argentina para que dicho país emita la consiguiente certificación, ya que es el que tiene que confirmar si tiene los requisitos para poderse jubilar. Como Argentina, suele tardar entre 1 y 2 años en emitir dicho certificado, se le puede reconocer el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares y posteriormente agota esta prestación de duración de 6 meses y su país todavía no ha contestado, podrá percibir posteriormente y si reúne los requisitos, la renta activa de inserción.

Si en el transcurso del tiempo, Argentina hubiera emitido la certificación por la que sumando los periodos de Argentina+España = 15 años se le reconocerá dicho subsidio desde la fecha en la que se solicito descontando como es lógico, los subsidios percibidos.

4. Renta Activa de Inserción, tampoco cotiza a la Jubilación y la duración es correcta.

Si tiene alguna consulta no dude en plantearla.

Saludos