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ERE Y REDUCCION DE JORNADA

Hola a todos,
Si tengo una persona con reducción de jornada todo el año dentro de un Expediente de Ere, si finalmente debo despedirla porque la situación no mejora y no hay trabajo para ese puesto, esta persona va al paro y en el paro cobrara en función de las cotizaciones de los últimos 6 meses. Entiendo que como la empresa cotizaba el 50% de alta +50% restante por el ere, esta persona tiene derecho a la prestación por paro por el 100% de la base de cotización y luego se le aplicaran los máximos que establece el Inem ¿¿, o se entiende que ha cotizado solo sobre el 50% y su base de calculo para el paro va ser solo sobre el 50% ¿

Que bases de cotizacion se le aplicarian en caso de producirse una extincion, anterior a la fecha maxima fijada para el ERE? la prestacion por desemp

leo se le seria devuelta aunque no haya alcanzado los 180 dias maximos que se establecen?

Con el tema de paro estoy conociendo casos
Gracias y un saludo