La normativa y la política de la OIT sobre el empleo

La materia del empleo ha tenido una gran importancia en la OIT. Diversas normas –convenios y recomendaciones– se han dedicado a ella desde diferentes perspectivas. En particular, en el asunto de las agencias de empleo públicas y privadas, la actividad normativa de esta organización ha alcanzado un gran desarrollo. Por su parte, el Convenio núm. 122 (1964) es una de las normas más importantes en términos de gobernanza. Sin embargo, actualmente necesitaría renovarse, pues las relaciones entre empleo, crecimiento y sostenibilidad han cambiado mucho en los últimos cincuenta años. Las declaraciones de la OIT, sus documentos programáticos y la propia Agenda de Naciones Unidas expresan objetivos ambiciosos sobre el pleno empleo, pero sin un soporte normativo claro adecuadamente actualizado. A la espera de una nueva declaración con ocasión de la Conferencia del centenario, el empleo continúa, en todo caso, como uno de los asuntos de mayor importancia para la OIT.

En cuanto al ámbito interno español, la normativa y la política de empleo han prestado más atención a las orientaciones de la Unión Europea que a las de la OIT. Sin embargo, también estas deben tomarse en cuenta, en particular por lo que afecta a los criterios cualitativos de las ocupaciones adecuadas. A tal respecto, la OIT ha desarrollado una doctrina sin duda más interesante que la de la Unión Europea.

Palabras clave: empleo; normativa internacional; OIT; trabajo decente.

Jaime Cabeza Pereiro
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidade de Vigo

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RTSS. CEF. NÚM. 434 (mayo 2019)

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