Acuerdo del Pleno del TC de 16 de marzo de 2020 en relación con la suspensión de los plazos procesales y administrativos durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo
Enviado por Editorial el Lun, 16/03/2020 - 13:31El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y fija en quince días naturales su duración, que podrá ser ampliada o modificada, dando cuenta al Congreso de los Diputados.
En las disposiciones adicionales segunda y tercera se suspenden los términos y plazos procesales y administrativos.
La Ley Orgánica de este Tribunal 2/79, de 3 de octubre, remite en el artículo 80 a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de cómputo de plazos y el Pleno de este Tribunal, en reunión no presencial, a propuesta de su Presidente y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 10.1.n de la citada Ley Orgánica 2/79, establece los siguientes criterios: