La ley establece la subida de todas las pensiones en 2012, compensación por la inflación para las mínimas y revalorización adicional para las viudas
Enviado por Editorial el Vie, 11/11/2011 - 08:53
El artículo 48 de la Ley General de la Seguridad Social dispone que las pensiones del sistema de Seguridad Social se revalorizarán al comienzo de cada año, según el índice de Precios al Consumo previsto para el ejercicio.
En el mismo Decreto-Ley 8/2010, se estableció que los tres millones de pensiones contributivas mínimas y el medio millón de no contributivas no se verían afectadas por esa medida excepcional. Estas pensiones mínimas han subido en 2011 un 1%. Si el IPC, medido entre noviembre de 2010 y noviembre de 2011, supera el 1%, los perceptores de pensiones mínimas recibirán en un pago único la compensación por la desviación de inflación en este ejercicio. El artículo 48. 1.2 de la Ley General de la Seguridad Social establece un plazo hasta el 1 de abril para que la Administración de Seguridad Social abone este pago, que habitualmente se suele realizar en el mes de enero.