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El Gobierno agrupa en dos reservas todos los excedentes de las mutuas

El Gobierno agrupa en dos reservas todos los excedentes de las mutuas

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que reúne en dos reservas todos los excedentes constituidos por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La norma apuesta por la transparencia en la gestión de los presupuestos y de las reservas de las mutuas. Todas las reservas se unifican en dos, las inversiones de las dotaciones de las mismas se regulan, se crean incentivos a la gestión más eficiente, tanto en el ámbito de las mutuas, como en el de las empresas, y se permite a aquellas una gestión más flexible de las sociedades que constituyeron para gestionar servicios de prevención, que pueden refundirse o segregarse definitivamente.

Reordenado el procedimiento recaudatorio de la Seguridad Social

Reordenado el procedimiento recaudatorio de la Seguridad Social

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 11 de noviembre, un Real Decreto por el que se reordenan diversas modificaciones normativas que afectan al Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Además, el texto aprobado adapta el Reglamento a nuevas necesidades derivadas de la gestión recaudatoria y de la experiencia de gestión y aplicación de la norma vigente.

Las modificaciones reguladas por el Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros hacen referencia a diversos aspectos relativos al procedimiento de recaudación, entre los que cabe destacar la adecuada comunicación de actos administrativos a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) o por el tablón virtual de anuncios y edictos de la Seguridad Social, puesto en marcha desde principios del presente año y que supone ahorro de costes al eliminar el papel en las notificaciones.

Regulada la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar

Regulada la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar

El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del pasado viernes 11 de noviembre,  un Real Decreto que regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

Esta relación laboral descansa en dos aspectos muy característicos, como son el ámbito donde se presta la actividad (el hogar familiar) y el vínculo personal basado en una especial relación de confianza entre el titular del hogar familiar y las personas empleadas de hogar.

La regulación de esta relación laboral especial se remonta veinticinco años, por lo que se aconsejaba una revisión en profundidad de la normativa relativa para renovar y modernizar la relación laboral y acercarla al máximo a los derechos del resto de los trabajadores.

Este Real Decreto se enmarca en un ambicioso proceso de actualización de la normativa que afecta a los trabajadores y trabajadoras domésticas. En este sentido, la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, del 1 de agosto de 2011,  procede a integrar el Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General, tal como se contemplaba en el Acuerdo Social y Económico suscrito por Gobierno, sindicatos y empresarios, y habilita al Gobierno a modificar, en consonancia con esta integración, la regulación de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

Modificada la Regulación del tiempo de presencia en los transportes por carretera

Modificada la Regulación del tiempo de presencia en los transportes por carretera

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 11 de noviembre, la modificación de un Real Decreto de 21 de septiembre de 1995, sobre jornadas especiales de trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo de aquellos trabajadores que realizan actividades móviles de transporte por carretera.

Este acuerdo responde a una iniciativa conjunta y consensuada de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del sector del transporte.

Criterios flexibles

Con la aprobación de esta modificación se pretende posibilitar, mediante la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal, la aplicación de criterios flexibles para el cómputo del tiempo de presencia respecto de ciertos períodos de tiempo, como en los que el conductor acompaña al vehículo transportado en tren o transbordador, en esperas en las fronteras o por prohibiciones para circular, o en la conducción en equipo.

Regulada la asistencia sanitaria y de recuperación dispensada por las mutuas

Regulada la asistencia sanitaria y de recuperación dispensada por las mutuas

El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del pasado viernes 11 de noviembre, un Real Decreto por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

El objetivo es dotar de mayor eficacia y racionalización al uso de los recursos públicos gestionados por estas organizaciones. Se genera de este modo un importante ahorro económico, tanto para la Seguridad Social, como para las propias mutuas, al tiempo que se mantiene el nivel de exigencia en la atención sanitaria y de recuperación.

A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, las mutuas deberán usar preferentemente, en ausencia de recursos propios adecuados, los que tengan disponibles otras mutuas. También podrán firmar convenios con los servicios de salud para atender demandas de salud de la población en general, o para prestar servicios a sus trabajadores protegidos.

Optimización de medios

Propuestas electorales. Seguridad Social y Pensiones

Propuestas electorales. Seguridad Social y Pensiones

La Seguridad Social ha recopilado las propuestas sobre Seguridad Social y pensiones que contienen los programas electorales de los partidos políticos de cara a las elecciones del próximo 20 de noviembre. Se han seleccionado las formaciones políticas que obtuvieron al menos el 1% del total de los votos escrutados en las pasadas elecciones generales de 2008 -que representan entre todas el 94,17% de todos los votos emitidos-. El orden de las propuestas se ha fijado en función del porcentaje de voto obtenido por cada partido en aquellos comicios: PSOE (43,64%), PP (40,11%), IU (3,8%), CiU (3,05%), UPyD (1,2%), EAJ-PNV (1,2%) y ERC (1,17%).

SEGURIDAD SOCIAL

La ley establece la subida de todas las pensiones en 2012, compensación por la inflación para las mínimas y revalorización adicional para las viudas

La ley establece la subida de todas las pensiones en 2012, compensación por la inflación para las mínimas y revalorización adicional para las viudas

El artículo 48 de la Ley General de la Seguridad Social dispone que las pensiones del sistema de Seguridad Social se revalorizarán al comienzo de cada año, según el índice de Precios al Consumo previsto para el ejercicio.

En el mismo Decreto-Ley 8/2010, se estableció que los tres millones de pensiones contributivas mínimas y el medio millón de no contributivas no se  verían afectadas por esa medida excepcional. Estas pensiones mínimas han subido en 2011 un 1%.  Si el IPC, medido entre noviembre de 2010 y noviembre de 2011, supera el 1%,  los perceptores de pensiones mínimas recibirán en un pago único la compensación por la desviación de inflación en este ejercicio. El artículo 48. 1.2 de la Ley General de la Seguridad Social establece un plazo hasta el 1 de abril para que la Administración de Seguridad Social abone este pago, que habitualmente se suele realizar en el mes de enero.

El aumento salarial de los convenios nuevos es del 1,73%

El aumento salarial de los convenios nuevos es del 1,73%

El Avance de la Estadística de Convenios Colectivos de Trabajo registrados hasta el mes de octubre recoge información de un total de 2.292 convenios con efectos económicos en 2011, que afectan a 595.213 empresas y 5.507.862 trabajadores.

En el mes de octubre se han incorporado a este registro 147 convenios, de los cuales 54 han sido revisiones de convenios firmados en años anteriores y 93 convenios de nueva firma. En total, estos 147 convenios han elevado el número de trabajadores con sus condiciones laborales pactadas para 2011 en 385.763 respecto de los que había en septiembre.

Del total de convenios registrados hasta octubre, el 74,8% son de empresa, y afectan al 8,1% del total de trabajadores (444.126). El 25,2% restante corresponde a convenios de ámbito superior al empresarial, e integran al 91,9% de los trabajadores (5.063.736).

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