Novedades legislativas mayo 2007

Aprobado el baremo estatal del sistema de dependencia

En el BOE del día 21 de abril se ha publicado el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

El baremo es un instrumento fundamental del nuevo sistema de protección social, ya que determinará qué personas son dependientes y en qué grado, lo que influirá en los servicios y prestaciones a las que tendrán derecho.

Incluye las especificidades de los diferentes tipos de discapacidad (física, psíquica, mental o intelectual) para valorar la posible dependencia de los ciudadanos. De este modo, este instrumento de valoración identifica el nivel y los problemas de desempeño que puedan tener los ciudadanos en su entorno habitual para realizar las actividades básicas de la vida diaria, y el grado de supervisión y apoyo de otra persona requerido para estas tareas.
El Real Decreto incluye, también, el instrumento de valoración específico para los menores de tres años, y declara su aplicación para evaluar la discapacidad del hijo o menor acogido en los supuestos de ampliación del período de descanso por maternidad (introducido por la Ley de Igualdad). Asimismo, y en relación con la ampliación de los períodos de descanso por maternidad, se aclara que en los supuestos de neonatos que precisan hospitalización, se tendrán en cuenta los distintos internamientos hospitalarios iniciados durante los 30 días naturales siguientes al parto. Con ello, se tiene en cuenta que no es infrecuente, en caso de prematuros, que después del alta hospitalaria se produzcan nuevos ingresos y estos deben ser contabilizados en la ampliación del permiso.

Los ciudadanos que deseen una evaluación deberán acudir a los servicios sociales de su Comunidad Autónoma.

La formación profesional ocupacional y la continua se integran en un único modelo de formación profesional: la formación profesional para el empleo

El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, regula el subsistema de formación profesional para el empleo (BOE de 11 de abril), en el que se integran las dos modalidades de formación profesional existentes hasta el momento: la ocupacional, destinada a los trabajadores desempleados, y la continua, dirigida a los ocupados.

Las empresas dispondrán anualmente de un crédito para la formación de sus trabajadores que compensará total o parcialmente los costes de la formación que realicen. Este sistema de formación de demanda responde a las necesidades específicas de empresas y trabajadores y traslada la ayuda hasta sus usuarios directos, por lo que la formación que planifiquen y gestionen las empresas podrá financiarse mediante la aplicación de bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social.

Con objeto de extender y generalizar el acceso de las pequeñas y medianas empresas, estas podrán beneficiarse de medidas específicas en el tratamiento de sus bonificaciones y tendrán la opción, además, de agruparse con otras para participar en actividades formativas y compensar los costes que pueda suponer la externalización de las mismas