Instrucción 1/2025: coordinación entre la Oficina judicial y los Tribunales de Instancia

En el BOE de 28 de junio, se ha publicado la Instrucción 1/2025, que desarrolla las directrices organizativas necesarias para coordinar eficazmente la actividad de la Oficina judicial con los nuevos Tribunales de instancia, figura introducida por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, en el marco del proceso de modernización y eficiencia del Servicio Público de Justicia.
La instrucción concreta el papel de los letrados y letradas de la Administración de Justicia en sus funciones organizativas, técnico-procesales y de apoyo a la actividad jurisdiccional, bajo criterios de jerarquía, unidad de actuación y coordinación funcional. Se refuerza el modelo de servicios comunes, desapareciendo las unidades procesales de apoyo directo, y se institucionaliza la necesidad de protocolos e instrumentos de coordinación en cada partido judicial, especialmente en lo relativo a señalamientos, guardias, vistas y dación de cuenta.
Sin dejar de emplazar a una lectura de la instrucción, destacamos de sus contenidos los siguientes aspectos:
- Protocolos de actuación aprobados por los Secretarios de Gobierno, con participación de los directores de los servicios comunes.
- Reglas específicas de asignación de personal y canales de comunicación con jueces y magistrados.
- Creación de instrumentos de coordinación entre el Tribunal de Instancia y la Oficina judicial.
- Regulación detallada de servicios esenciales como guardias, dación de cuenta, resoluciones, agendas de señalamientos y celebración de vistas.
- Medidas específicas para la puesta en marcha previa a la constitución formal de los Tribunales de Instancia.
En definitiva, se proporciona un marco normativo detallado que busca garantizar la seguridad jurídica y la eficiencia organizativa en el tránsito hacia un nuevo modelo de justicia más funcional, especializado y cooperativo.