Registro de Mediadores Sociales del IMV: desarrollada su estructura, funciones y procedimiento de inscripción

Registro de Mediadores Sociales del IMV: desarrollada su estructura, funciones y procedimiento de inscripción. Imagen de muchos lápices de colores dibujados caras de distintas formas

La Orden ISM/1375/2021, de 3 de diciembre (BOE del 9 y entrada en vigor el 10 de diciembre), desarrolla el Registro de Mediadores Sociales del Ingreso Mínimo Vital creado por la  disposición transitoria octava del Real Decreto-ley 20/2020.

En este registro público deberán inscribirse las entidades del Tercer Sector de Acción Social –mediadores sociales del IMV– que transitoriamente hasta mediados de 2025 cooperarán en la tramitación de esta prestación para agilizar y facilitar a la entidad gestora la acreditación de determinados requisitos exigidos para acceder a la misma.  Así, las debidamente inscritas en el registro que se desarrolla con la orden que ahora se presenta, podrán emitir certificado para la acreditación de las circunstancias previstas en los apartados 9 y 10 del artículo 19 del Real Decreto-ley 20/2020.

La orden aborda las siguientes cuestiones:

  • El capítulo I (arts. 1 a 4), de disposiciones generales: describe su objeto –desarrollar la estructura, funciones y procedimiento de inscripción del registro–; recoge su régimen jurídico; la titularidad y su carácter público.
  • El capítulo II (arts. 5 a 16) regula la inscripción de los mediadores y sus actos, en concreto, los requisitos para la inscripción en el registro, el contenido de las inscripciones, el procedimiento de solicitud, subsanación, inadmisión a trámite, instrucción y resolución, así como la documentación que debe acompañar a la misma. Asimismo, se recoge el régimen de prórroga de la inscripción, la modificación de los datos inscritos y los supuestos de suspensión temporal o baja en el registro. Finalmente, se establecen los efectos de la inscripción de los mediadores sociales en el mismo.
  • El capítulo III (arts. 17 a 19) aborda las obligaciones de los mediadores sociales del IMV, regula los requisitos de los certificados emitidos por los mismos y las obligaciones de las entidades inscritas, incluida la remisión periódica de información.