Diálogos con la jurisprudencia. El permiso de paternidad y la suspensión del contrato de trabajo de la persona progenitora distinta de la madre biológica. Nueva perspectiva de la división de roles por género en las tareas de cuidado

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 98/2021, de 27 de enero, y su puesta en relación con la Sentencia del Tribunal Constitucional 111/2018, de 17 de octubre

El Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, ha supuesto un punto de inflexión en la regulación de la suspensión del contrato de trabajo de la persona progenitora distinta de la madre. La norma, al equiparar la duración de dicho permiso con el de la madre, supone, sin ningún género de dudas, un avance en la perspectiva de dicho derecho, revisando la tradicional óptica de cuidado preferentemente asignado a la madre sobre la base de roles de género, con sesgo discriminatorio.

Palabras clave: prestación por nacimiento y cuidado de menor; persona progenitora distinta a la madre biológica; suspensión del contrato; equiparación; discriminación; igualdad de género.

Manuel Martín Hernández-Carrillo
Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga
De la Carrera Fiscal

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RTSS. CEF. NÚM. 463 (octubre 2021)

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Sumario

1. Marco legal. Voluntad del legislador y voluntad legislativa
2. Síntesis del supuesto de hecho y contextualización Análisis retrospectivo de la cuestión
3. Doctrina judicial
4. Análisis crítico de la relevancia del asunto comentado

4.1. Del permiso de paternidad a la suspensión del contrato para la persona progenitora distinta de la madre biológica
4.2. Doctrina judicial sentada: vigencia (¿yuxtaposición?) de los permisos de paternidad regulados en convenio colectivo con la suspensión del contrato