Diálogos con la jurisprudencia. Permisos por nacimiento y recelo comunitario de acumularlos en la mujer: ¿y si elige ser familia monoparental?

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de noviembre de 2020, asunto C-463/19

El derecho de la Unión Europea permite que las leyes nacionales y los convenios colectivos reconozcan permisos adicionales a los permisos legales de maternidad. Sin embargo, la acumulación de estos permisos puede tener efectos contrarios a la protección de la maternidad que buscan y perjudicar, en cambio, la posición de las mujeres en el mercado de trabajo. Estos desequilibrios de género en las políticas de conciliación de la vida laboral y familiar pueden ser mayores en los casos de familias monoparentales, la mayoría de ellas constituidas por mujeres.

Palabras clave: permiso de maternidad; igualdad de género; protección de la infancia; familias monoparentales; conciliación de la vida laboral y familiar.

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén

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RTSS. CEF. NÚM. 454 (enero 2021)

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Sumario

1. Los marcos normativos: evolución del derecho comunitario e inercias y cambios de los ordenamientos nacionales
2. Supuesto de hecho: síntesis de la cuestión litigiosa
3. Doctrina: razonamientos para el fallo (¿salomónico?)
4. Trascendencia de la doctrina del TJUE más allá de la experiencia francesa: ¿alguna lección para la española?

4.1. Ambivalencia, desde la perspectiva de género, de los «permisos adicionales» para «proteger la relación particular» de la madre con sus hijos/as
4.2. ¿Siguen vigentes los permisos por nacimiento de hijo/a adicionados por convenio colectivo tras la equiparación de los de maternidad y paternidad?
4.3. ¿Es discriminatorio no reconocer el derecho de la madre monoparental a acumular el derecho del padre del que se decide libremente prescindir?