Protocolo de acompañamiento para las personas trans en el ámbito de la empresa

- El texto tiene por objetivo el respeto, la inclusión y la protección de las personas trans en todo momento
- El acompañamiento se prevé antes, durante y una vez terminado el proceso de transición
- El protocolo pone en el centro a las personas trans que tendrán garantías y potestad de decisión protegiendo su dignidad e intimidad
En los últimos meses se ha abordado en el marco del diálogo social la elaboración de un modelo voluntario de protocolo que facilite y agilice los procesos de acompañamiento al colectivo de personas trans en el ámbito de la empresa, siempre que la persona trabajadora quiera activarlo.
Tras este proceso de diálogo social, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal han acordado un texto que contiene orientaciones para su utilización voluntaria por los sujetos negociadores de convenios o acuerdos colectivos y por las empresas que voluntariamente deseen adoptar medidas para facilitar el acompañamiento de las personas trans en el ámbito laboral. El Protocolo de acompañamiento para las personas trans en el ámbito de la empresa es un documento trabajado y consensuado con la FELGTBI y las organizaciones sindicales CC.OO y UGT.
El pasado 26 de febrero, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, firmó con la responsable de Mujeres e Igualdad de CCOO, Carolina Vidal; y el responsable confederal de Acción LGTBI de UGT, José Juan Álvarez Alejandro el Acuerdo de Protocolo de acompañamiento para las personas trans en el ámbito de la empresa, un texto pionero para avanzar en igualdad real que tiene por objetivo el respeto, la inclusión y la protección de las personas trans en todo momento. El documento fue presentado en el acto Ni invisibles, ni vulnerables: Derechos trans en el trabajo, con la intervención de la presidenta de la Federación Estatal LGTBI+, Paula Iglesias.
Tal y como reflejan los datos aportados en estudios por organismos internacionales y nacionales, las personas trans son las que sufren mayor discriminación en el lugar de trabajo, siendo recomendable que sean objeto de especial atención debido a los desafíos sociales que afrontan. Estos desafíos exigen seguir avanzando para que todas las personas trans puedan vivir libremente y tener garantizados todos sus derechos y, particularmente, el acceso a espacios sociolaborales en igualdad de condiciones.
El protocolo se define por principios que se han de manifestar expresamente por la empresa y los representantes de las personas trabajadoras de respeto a los derechos humanos y laborales de las personas trans, sin discriminación por expresión de género y por razón de la identidad sexual y contribuyendo a su integración sociolaboral.
El texto responde a dichas recomendaciones y tiene como finalidad garantizar el respeto, la inclusión y la protección de las personas trans en el entorno laboral, dotando a la negociación colectiva de un modelo voluntario que facilite y agilice los procesos de acompañamiento a este colectivo —entre otros, para eliminar obstáculos como la dificultad de adaptar la documentación a la identidad sexual sentida, procedimientos médicos así como ausencias derivadas del proceso de transición o la adecuación de los espacios de trabajo a la diversidad de género— siempre que la persona trabajadora quiera activarlo.
El protocolo pone en el centro a las personas trans que tendrán garantías y potestad de decisión en todo el proceso de transición de género, protegiendo su dignidad e intimidad. El acompañamiento a la persona trabajadora se prevé antes, durante y una vez terminado el proceso de transición.
(Gabinete de comunicación. Ministerio de Trabajo y Economía Social 31-3-2026)


