La reforma del sistema de pensiones: la jubilación en el punto de mira
La preocupación social sobre el futuro del sistema público de pensiones no es algo nuevo, la alarma que ha calado en la opinión pública sí, otra cosa será si lo primero y lo segundo están justificados ahora.
Esta preocupación social sobre el futuro de nuestras pensiones públicas está ya en el origen del Pacto de Toledo (1995), un pacto para el acuerdo, para el consenso, en el que las fuerzas políticas con representación parlamentaria estudian el funcionamiento del sistema de la Seguridad Social y promueven periódicamente mediante propuestas al Gobierno de turno las reformas necesarias para poder mantener el actual sistema y garantizar su futuro.
A principios de este año (29 de enero), la Comisión Parlamentaria de Seguimiento del Pacto de Toledo que, conforme al calendario fijado, elaboraría durante el primer trimestre de 2010 sus conclusiones respecto a la revisión del Pacto, recibe del Gobierno -destinatario de las conclusiones- instado por el Congreso y el Senado a acelerar el diagnóstico del Sistema de Pensiones y promover un nuevo acuerdo al respecto, un documento (“Documento sobre revisión del Pacto de Toledo”) que sirve, se cita textualmente, “como referencia de la posición del Ejecutivo”.
A finales de año (último viernes del pasado noviembre), en Consejo de Ministros se aprueba un calendario para las reformas pendientes y se fija el primer trimestre de 2011 para la aprobación de una Ley de reforma en esta materia, plazo que el vicepresidente primero del Gobierno concreta anunciando que será aprobada por el Ejecutivo el próximo 28 de enero para su “inmediata” votación por el Parlamento.
Esta “urgencia” en la reforma de las pensiones públicas que ya de por sí crea inquietud, traslada, además, una idea de necesidad inevitable de cambios -no se conocen con certeza cuáles, ni hasta dónde- ante la eventual “quiebra” del sistema, y esto sí que alarma a la opinión pública que ve posible que sus expectativas de jubilación, tras un esfuerzo de cotización considerable y costoso, o su protección ante situaciones como la incapacidad o la viudedad, se vean alteradas sustancialmente.
Pero, y ahora en relación con las pensiones de jubilación ¿por qué se dice que va a peligrar la viabilidad financiera de las pensiones? Principalmente, aunque no sólo, por la concurrencia de dos factores: uno estructural -el envejecimiento de la población- y otro coyuntural: la crisis, primero financiera y ahora también económica; factores ambos que afectan a la línea de flotación de un sistema de reparto como el nuestro en el que cada generación sufraga los gastos de la anterior y es financiada en sus prestaciones por las siguientes. En resumen, se ve peligrar el equilibrio entre lo ingresado (cotizaciones que se reducirán) y lo gastado (aumento de pensionistas).
Pero este discurso (sistema de pensiones + no reformas = déficit = problemas de viabilidad financiera) y sus argumentos, además de no ser compartidos por muchos, no son made in spain, también se predican en el ámbito de la Unión Europea donde se ha impuesto -basado, eso sí, en un compromiso flexible de los Estados miembros-, una coordinación comunitaria de los regímenes de jubilación que, hoy por hoy -y pese a esa soñada Europa Social- a nadie se le escapa está muy influenciada por razones económicas del mercado interior, y cuyas propuestas para una salida airosa, entre las que se llama a la contención del gasto, tienen bastante que ver con las recogidas en el Documento del Gobierno.
Si se admite que esto es así, los problemas de financiación de las pensiones ¿se prevén a corto, a medio, o a largo plazo? Aquí la respuesta es unánime: la viabilidad del sistema de pensiones no está comprometida a corto plazo. La situación continúa siendo de superávit y el Fondo de Reserva tiene margen de maniobra para hacer frente por ahora a los desequilibrios planteados, por tanto las reformas serán necesarias, de serlo, a medio y largo plazo. Con esta situación podría pensarse que hay tiempo para que la reforma sea consensuada, consenso político y social necesario en una cuestión de importancia capital para la sociedad. En cualquier caso, lo urgente es dejar constancia de lo que parece seguro: una aplicación progresiva y gradual de las medidas que se adopten.
Sea cual sea la posición que se mantenga respecto a si la reforma es necesaria o no, sobre la debilidad o fortaleza de los argumentos esgrimidos, sobre la certeza o tergiversación en los datos tenidos en cuenta para el diagnóstico de la situación y las previsiones de futuro, sobre el acierto o no de las soluciones planteadas, sobre si las razones últimas de la urgencia son sólidas u oportunistas o a qué intereses responden, lo cierto es que la hoja de ruta parece estar diseñada.
A continuación se incluye el Documento del Ejecutivo donde se recogen las propuestas en torno a la reforma del sistema de pensiones y en particular las referentes a la pensión de jubilación.
Con ese documento de partida, y estando a punto de concretarse las conclusiones de la Comisión del Pacto de Toledo, lo siguiente será ver qué técnica se utiliza finalmente en esta esencial reforma y cómo se concreta: si pasa por acercar la edad real de jubilación (63 años) a la edad legal, fijando límites y acotando los mecanismos de anticipación de la edad de jubilación; si la vía elegida se dirige a alargar la edad de jubilación a los 67 años, o si se pretende el logro de los objetivos a través de la combinación de ambas.