TS. No es actividad incompatible con la Renta Activa de Inserción vender energía solar fotovoltaica

Paneles solares

Renta activa de inserción. Incompatibilidad con la realización de trabajos por cuenta propia o ajena. Propietario de vivienda que promueve en ella la instalación de energía solar fotovoltaica de 2 placas, contratando al efecto con 2 empresas, suscribiendo un contrato de mantenimiento con una tercera y recibiendo lecturas y facturas mensuales de una cuarta. Obtención de unos ingresos por tal motivo de más de 3.000 euros en 1 año.

No implica realizar trabajos para una compañía eléctrica la percepción de unos ingresos o rentas por la explotación de una propiedad industrial si la explotación misma no se lleva a cabo de alguna manera por el beneficiario y este se limita a la obtención de aquellas, por más que reciba lecturas y transferencias y abone los gastos de reparación y conservación o mantenimiento, todo lo cual no constituye trabajo propiamente dicho para una empresa, como es la razón que aduce la entidad gestora para revocar la prestación, ya que es/son otra/s, por el contrario, la/s que efectúa/n la labor y es la instalación misma la que genera la energía y no la labor personal en su funcionamiento o manipulación y la dedicación de una jornada, más o menos extensa, a tal fin, por cuenta y bajo la dirección de la empresa receptora del producto.

(STS, Sala de lo Social, de 20 de diciembre de 2018, rec. núm. 1723/2018)