Regulado el Sello de Inclusión Social

Sello de Inclusión Social

El Real Decreto 636/2022, de 26 de julio (BOE de 27 de julio), regula el Sello de Inclusión Social, distintivo público de la Administración General del Estado que se concederá a las entidades públicas empresariales, a las sociedades mercantiles públicas, a las empresas privadas, a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones que desarrollen actuaciones que contribuyan al tránsito de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital desde una situación de riesgo de pobreza y exclusión a la inclusión y participación activa en la sociedad.

La norma, que desarrolla la disposición adicional primera de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, regula el procedimiento para la concesión del Sello (que habrá de solicitarse a través de medios electrónicos), así como su vigencia (3 años) y los supuestos de revocación por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o la renuncia al mismo por parte de la entidad solicitante. También establece las facultades y los compromisos derivados de su obtención y fija el sistema de evaluación y seguimiento del Sello.