Determinados los servicios y prestaciones económicas para dependientes en Grado I a partir del próximo 1 de enero
Conforme al calendario de aplicación de la Ley de Dependencia (disp. final primera de la Ley 39/2006), a partir del 1 de enero de 2011 entrará en vigor la efectividad del derecho a las prestaciones en ella recogidas de quienes sean valorados en el Grado I de Dependencia Moderada, nivel 2.
El Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el Acuerdo recogido en la Resolución de la Secretaría General de Política Social y Consumo, publicada hoy, establece los criterios sobre las intensidades de protección de los servicios, el importe de las prestaciones económicas y los requisitos y condiciones de acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, que puedan reconocerse a las personas en situación de dependencia “moderada”, personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tienen necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.