Los trabajadores por cuenta ajena agrarios podrán retrasar el ingreso de las cuotas por inactividad de enero, febrero, marzo y abril de 2019

La Resolución de 23 de enero de 2019, de la Tesorería General de la Seguridad Social (BOE de 26 de enero), autoriza a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, que hayan realizado un máximo de 50 jornadas reales cotizadas en el año 2018, a diferir el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas por inactividad de los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2019, que deberán ingresarse mensualmente desde el mes de junio a septiembre de 2019, sin aplicación de recargo o interés alguno.

La no utilización del plazo de ingreso diferido, una vez autorizado el mismo, no dará derecho a la devolución de las cuotas ingresadas.

Las solicitudes deberán presentarse antes del 12 de febrero de 2019 y serán resueltas por los titulares de las Direcciones Provinciales de la TGSS.