Diálogos con la jurisprudencia. Situación de las personas trabajadoras fijas discontinuas que son contratadas sin solución de continuidad

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 951/2020, de 28 de octubre

La Sentencia de 28 de octubre de 2020 dirime si las personas trabajadoras recurrentes son fijas discontinuas o fijas cuando son contratadas sin solución de continuidad, encadenando unos contratos con otros, sin que haya discontinuidad en el trabajo.

Palabras clave: trabajo fijo discontinuo; trabajo fijo continuo; encadenamiento de contratos.

Pilar Palomino Saurina
Profesora contratada doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Extremadura

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RTSS. CEF. NÚM. 457 (abril 2021)

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Sumario

1. Marco legal
2. Síntesis del supuesto de hecho
3. Razones de la doctrina judicial sentada en el caso
4. Trascendencia del fallo