Mediante cuatro recientes  sentencias (de Pleno), el TSJ de Andalucía, sede en Málaga, ha abordado la  aplicabilidad de la doctrina comunitaria (Asunto  C-596/14, De Diego Porras), relativa a la equiparación de indemnizaciones  de trabajadores temporales y fijos en supuestos de extinciones de contratos  ajustadas a derecho, pudiendo distinguir al efecto entre empresas privadas y  administraciones públicas. 
A primera vista destaca que mientras la doctrina de Málaga afecta expresamente a eventuales, la sala vasca no se ha enfrentado todavía a ese tema, pues las relaciones laborales objeto de conocimiento por esta se encuadraban en contratos de obra o servicio. No obstante, parece que la respuesta sería la misma.
Sin perjuicio de la lectura de  las correspondientes resoluciones a efectos de conocer las argumentaciones  esgrimidas por cada tribunal, las diferencias básicas serían las siguientes: