Período de prueba o período de validación: la valoración empresarial de la viabilidad económica del contrato
Enviado por Editorial el Lun, 09/02/2015 - 13:31Con ocasión de la STJUE de 5 de febrero de 2015 (Asunto C-117/14)
“La ampliación del período de prueba a dos años se consideró oportuna para alentar a los empresarios a contratar más personal. Desde este punto de vista, cuando el período de prueba es breve, los empresarios vacilan a la hora de contratar nuevo personal porque temen verse enredados en contiendas judiciales y obligados a pagar indemnizaciones a los trabajadores que, eventualmente, tengan que despedir con posterioridad a un período de prueba de corta duración. Por el contrario, según el mismo punto de vista, si el empresario sabe desde un principio que dispone de un período de mayor duración para decidir si va a mantener a su servicio al trabajador, procederá con mayor facilidad a contratar personal, sabedor también de que tendrá durante más tiempo la posibilidad de despedirle sin sufrir perjuicios.” (Conclusiones del Abogado General Cosmos a la sentencia Seymour-Smith y Pérez, Asunto C-167/97, ECLI:EU:C:1999:60, apartado 67).