TS. Jubilación no contributiva. Cálculo de ingresos de la unidad familiar. Debe descontarse la cantidad que paga uno de sus integrantes en concepto de pensión alimenticia en favor de sus propios hijos, que forman parte de una unidad familiar diferente
Enviado por Editorial el Jue, 21/03/2024 - 09:39Jubilación no contributiva. Cálculo de ingresos de la unidad familiar. Determinación de si debe descontarse de los ingresos de la unidad familiar el importe de la pensión de alimentos que paga el hijo de la beneficiaria de la prestación en favor de sus propios hijos que forman parte de una unidad familiar diferente.
No puede computarse como ingreso de la unidad familiar la suma correspondiente a la pensión de alimentos que uno de sus integrantes está obligado a pagar en favor de sus propios hijos, en tanto que se trata de unas cantidades de las que no va a disponer como ingreso para contribuir al sostenimiento de la unidad familiar en la que se integra, por estar obligado a transferirlos a una unidad familiar distinta de aquella de la que forma parte.