El TS rechaza el recurso del sindicato de controladores aéreos contra la sentencia que impone sus turnos laborales y jornadas de descanso

El sindicato alega que AENA había impuesto turnos de seis días de trabajo y dos de descanso, una modalidad de turno excluida en su día

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado sentencia en el recurso de casación interpuesto por Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) contra la sentencia de la Audiencia Nacional que desestimó la demanda de conflicto colectivo.

En ella se alegaba que la entidad AENA había impuesto turnos de seis días de trabajo y dos de descanso, que según el sindicato era una modalidad de turno excluida en su día por el laudo arbitral dictado con motivo del II Convenio Colectivo.

La sentencia recurrida desestimó la demanda sindical por entender que el laudo permite la imposición de turnos como los ahora impugnados. El Tribunal Supremo no da lugar al recurso y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional.

AUTOR COMUNICACIÓN PODER JUDICIAL