Vacaciones después de un ERTE: 5 cosas que te interesa conocer

Vacaciones ERTE. Hombre entrando en la playa con una silla plegable

Es época de vacaciones, algunos ya disfrutan de ellas, otros comenzarán sus días de descanso en los próximos días, pero no son las mismas vacaciones para todos, no para los que han estado en un ERTE durante este año.

Según datos facilitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el pico máximo de trabajadores en ERTE por covid-19 se alcanzó el 24 de abril de 2020 con 3.617.205 personas, una cifra que desde entonces se ha venido reduciendo. Aun así, empezamos el año 2021 con 962.067 trabajadores en situación de suspensión de empleo por un ERTE de fuerza mayor por la covid-19 y los últimos datos facilitados a 11 de mayo todavía arrojaban la cifra de 598.729 trabajadores en un ERTE.

En esta tesitura, algunos trabajadores ya sabrán qué ha pasado con sus vacaciones al estar en un ERTE una parte del 2020, pero algunos no han salido del ERTE hasta este año, por lo que hay algunos puntos que les puede interesar conocer, tanto a ellos, como a los responsables de organizar y conceder las vacaciones en la empresa.

Menos días de vacaciones

Mientras dure un ERTE de suspensión temporal del contrato, el trabajador no generará derecho a las vacaciones, aunque, si el ERTE es de reducción temporal de la jornada, devengará vacaciones de manera proporcional a la reducción de la jornada que se le haya aplicado al trabajador. A modo de ejemplo, si un trabajador está en un ERTE de suspensión temporal del contrato durante 3 meses, perderá una cuarta parte de sus vacaciones.

La empresa no puede imponer de forma unilateral los días de disfrute de las vacaciones

En el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET) se especifica que el periodo o periodos de disfrute de las vacaciones se fijarán de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido, en su caso, en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. Además, hay que tener en cuenta que, en los casos en los que no exista acuerdo, puede ser la jurisdicción social la que fije las fechas para el disfrute de las vacaciones, siendo su decisión irrecurrible.

Por lo tanto, aunque el trabajador haya estado en un ERTE durante un largo periodo de tiempo, la empresa no puede imponer unilateralmente los días de vacaciones del trabajador. Además, el trabajador debe conocer la fecha de disfrute de sus vacaciones al menos con 2 meses de antelación al inicio de las mismas.

No se computan días de vacaciones estando en un ERTE

Si un trabajador está de vacaciones en el momento en el que el ERTE es aprobado, las vacaciones se interrumpirán, ya que el contrato pasa a estar suspendido y se podrán reclamar esos días una vez finalice el ERTE.

Por otra parte, aunque la empresa cierre el mes de agosto y habitualmente conceda vacaciones a los trabajadores en esta fecha, si están dentro de un ERTE en este mes, tendrá que buscar otras fechas para que estos puedan disfrutar de sus vacaciones.

No te pueden pagar las vacaciones

Las vacaciones hay que disfrutarlas, por lo que no pueden ser sustituidas por una prestación económica.  La única excepción en la cual te pueden pagar las vacaciones es cuando se produce la extinción del contrato sin haberse disfrutado en su totalidad, en cuyo caso se pagan los días de vacaciones que se han ido generando, y que no se han disfrutado.

No te pueden despedir si no han pasado más de seis meses desde la finalización del ERTE

Las empresas, por norma general, sí te podrían despedir estando de vacaciones. Sin embargo, un trabajador afectado por un ERTE por covid-19 no puede ser despedido durante los seis meses siguientes a su reincorporación al trabajo, ya que se encuentra amparado por el compromiso de salvaguarda del empleo, regulado inicialmente en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. En él se exige mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente.

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