COVID-19. Ampliada la prórroga de la validez de los certificados de inspección técnica de vehículos

En virtud del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma (art. 10), se cerraron al público las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Posteriormente, la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, estableció la prórroga automática de los certificados de inspección técnica de vehículos hasta los 30 días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.

Con el fin de posibilitar la realización tanto de las ITV que han quedado pendientes tras la declaración del estado de alarma como de las que vencen en los próximos meses, la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo (publicada y con efectos el 16 de mayo):

  • Añade a los 30 días de prórroga automática establecidos por la Orden SND/325/2020, 15 días más, si bien de forma escalonada conforme a lo dispuesto en el siguiente cuadro:

Fecha de inspección inicial

Periodo de prórroga (días naturales)

Semana 1: 14 a 20 de marzo.

30 días más 15 días adicionales.

Semana 2: 21 a 27 de marzo.

30 días más 2 periodos de 15 días.

Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril.

30 días más 3 periodos de 15 días.

Semana n.

30 días más periodos de 15 días.

Los certificados de ITV de los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020.

  • Establece que la fecha que constará en la tarjeta ITV, y por tanto la que se tendrá en cuenta de cara a la siguiente revisión, será la que hubiese figurado si no hubiera habido prórroga.

 

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