Jubilación anticipada (¿Qué porcentaje de la pensión máxima se me quitaría por cada año que adelante mi jubilación?
Enviado por viclepe el Sáb, 16/06/2012 - 10:24
Hola buenos dias:
Empecé a trabajar en diciembre de 1977 , llevo hasta la fecha 43 años cotizados a la seguridad social, me despidieron mediante despido improcedente el 20 de mayo del 2010, he estado cobrando el subsidio de desempleo durante 2 años, ahora voy a solicitar el subsidio para mayores de 52 años y voy a seguir cotizando a la seguridad social la cantidad necesaria para cobrar la pensión máxima que es lo que se ha cotizado por mi durante prácticamente toda mi vida laboral.
Mi preguntas son:
¿a que edad mínima me puedo jubilar para cobrar la pensión máxima?
¿Qué porcentaje de la pensión máxima se me quitaría por cada año que adelante mi jubilación?
Muchas gracias
Forums:
Buenos días! Te aconsejo que
Buenos días!
Te aconsejo que te leas el art. 161 bis de la LGSS, para la jubilación anticipada, donde te habla de los coeficientes reductores. Recuerda que este artículo en concreto tiene una nueva redacción que entra en vigor el 1 de enero de 2013, para aquellas jubilaciones que se realicen a partir de esa fecha.
jubilacion anticipada
efectivamente te puedes jubilar anticipadamente pero para ello tienes que tener 61 años, y con coeficiente reductor que en tu caso sería de un 6% por cada año que te falte para acceder a la jubilación oridinaria, es decir si solicitas la anticipada con 61 años te quedarían 4 pero como se retrasó la edad jubilación por la ley 27/2011 será la edad que te corresponda conforme a ese periodo transitorio,
con ello tendrás que contar cada año que te quede hasta alcanzar esa edad y reducir tu base un 6 % cada año