Correcciones en el texto de la reforma laboral

Persona haciendo unas correcciones en rojo

El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, se ve afectado hoy por dos disposiciones publicadas en el BOE.

Por una parte, por el Real Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero (BOE de 19 de enero), por el que se modifican diferentes normas referentes a entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y sociedades de gestión de activos, que introduce a través de su artículo cuarto dos cambios puntuales:

  • En el apartado nueve de su artículo primero, que da nueva redacción al artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores, para incluir una precisión en la letra d), de forma que la prioridad aplicativa de los convenios de empresa procederá en materia de adaptación de los aspectos de las modalidades de contratación que se atribuyen por el ET a los convenios «de empresa» (antes «colectivos»), para evitar dudas interpretativas en su aplicación.
  • En la disposición adicional cuarta, sobre el «Régimen aplicable al personal laboral del sector público», para precisar su redacción añadiendo una salvaguarda expresa de la tasa de reposición de efectivos fijada en la ley de Presupuestos Generales del Estado vigente para cada ejercicio.

Por otra parte, por la corrección de errores del propio Real Decreto-ley.