Los empleados públicos tienen derecho a cuatro días de asuntos particulares

Conforme a la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas publicada hoy, 24 de diciembre, el día adicional correspondiente al año 2013 podrá disfrutarse hasta el próximo 15 de febrero.

La Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público, ya en vigor tras su publicación el pasado sábado en el BOE, recoge en su disposición adicional 4ª, la modificación del Estatuto Básico del Empleado Público [art.48 k)], de aplicación general a todas las Administraciones Públicas.

Dicha disposición establece, con efectos inmediatos, cuatro días para asuntos particulares al año en lugar de los tres que recogía el Real Decreto-ley 20/2012.

La Resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (BOE de 24 de diciembre), adapta la regulación contenida al respecto en la Resolución de 28 de diciembre de 2012, estableciendo que:

  • La duración de la jornada general será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a 1.657 horas anuales.
  • Los empleados públicos a lo largo del año tendrán derecho a disfrutar hasta cuatro días por asuntos particulares, sin perjuicio de la concesión de los restantes permisos y licencias establecidas en la normativa vigente. Tales días no podrán acumularse a los períodos de vacaciones anuales. El personal podrá distribuir dichos días a su conveniencia, previa autorización de sus superiores y respetando siempre las necesidades del servicio. Cuando por estas razones no sea posible disfrutar del mencionado permiso antes de finalizar el mes de diciembre, podrá concederse en los primeros quince días del mes de enero siguiente.

Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los días por asuntos particulares así como, en su caso, los días de permiso previstos, podrán acumularse a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente.

Por último, con carácter excepcional y a fin de facilitar el disfrute, con la adecuada y suficiente planificación, del día adicional de permiso por asuntos particulares que ha sido introducido, el personal podrá disfrutar de uno de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes al 2013 hasta el día 15 de febrero de 2014.