Jubilación anticipada con enfoque de género: una reforma pendiente para el reconocimiento de los trabajos feminizados

El informe presentado por el Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de las Mujeres y la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ha puesto el foco en una cuestión urgente: garantizar el acceso equitativo de las mujeres a la jubilación anticipada en ocupaciones feminizadas marcadas por condiciones laborales especialmente duras. Un reto que conecta directamente con el desarrollo reglamentario del Real Decreto 402/2025.
A pesar del reconocimiento formal de la igualdad en el acceso a las pensiones, la realidad del mercado de trabajo sigue condicionando negativamente las trayectorias profesionales de las mujeres. La brecha de género en las pensiones, cifrada en torno al 30%, evidencia que el sistema actual no responde de forma adecuada a las desigualdades acumuladas en términos de cotización, precariedad y cuidados no remunerados.
La jornada celebrada el 30 de enero de 2025, cuyos resultados se recogen en el documento, ha destacado la urgencia de incluir la perspectiva de género en el procedimiento de establecimiento de coeficientes reductores de edad, actualmente en fase de desarrollo conforme al Real Decreto 402/2025. Este nuevo marco normativo, del que ya informamos en nuestra web, pretende establecer criterios técnicos y objetivos para reconocer anticipaciones de la edad de jubilación en profesiones con condiciones excepcionalmente penosas, peligrosas o insalubres.
Sin embargo, como se subraya en el informe y jornada de los que damos noticia, el modelo tradicional presenta un claro sesgo androcéntrico: ha reconocido anticipaciones principalmente en sectores masculinizados, como la minería o los cuerpos de seguridad, mientras que sectores altamente feminizados –como el de las camareras de piso, empleadas del hogar o cuidadoras de personas dependientes– han quedado excluidos, a pesar de su elevado desgaste físico y mental.
En este contexto, se reivindica:
- La incorporación efectiva de la perspectiva de género en la definición de penosidad, peligrosidad, toxicidad e insalubridad laboral.
- La revisión del listado de enfermedades profesionales para incluir patologías prevalentes en trabajos feminizados, como trastornos musculoesqueléticos y enfermedades psicosociales (vid. «Las enfermedades profesionales en sectores feminizados: un sistema pendiente de reforma con perspectiva de género», de Matthieru Chabannes, en el núm. 486, mayo-junio 2025, de la RTSS.CEF).
- El reconocimiento normativo de la carga física y emocional de las tareas de cuidado y limpieza en la determinación de coeficientes reductores.
- El impulso a la negociación colectiva para visibilizar las condiciones laborales en sectores feminizados y adaptar las políticas preventivas a sus riesgos reales.
Estas propuestas no suponen privilegios, sino una actualización imprescindible de un modelo que ha obviado durante décadas la realidad laboral de miles de mujeres. El Real Decreto 402/2025 ofrece la oportunidad de corregir esta omisión histórica, siempre que el reglamento que lo desarrolle incorpore criterios sensibles a las condiciones reales de trabajo en los sectores feminizados. Garantizar un sistema de Seguridad Social verdaderamente equitativo pasa por reconocer los efectos acumulativos del trabajo feminizado en la salud, la cotización y el derecho a una pensión digna.