Regulado el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida

La Orden AAA/1408/2012, de 26 de junio, con entrada en vigor el 30 de junio, regula el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida, cumpliéndose de este modo las previsiones contenidas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de explotaciones agrarias, en cuyo artículo 7 se determina que en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente existirá un registro en el que se reflejarán las declaraciones de titularidad compartida y sus variaciones, recibidas de la autoridad competente de las distintas comunidades autónomas.

Este registro contendrá la identificación de los cotitulares a través de sus nombres y apellidos y números de identificación fiscal respectivos y, en su caso, los mismos datos identificativos del representante designado por éstos, así como la identificación de la explotación y el número de identificación fiscal de la titularidad compartida. Las comunidades autónomas comunicarán trimestralmente a este Ministerio los datos facilitados por los cotitulares, así como sus variaciones, a los efectos de su constancia en el registro.

Esta nueva regulación supone la derogación de la Orden ARM/2763/2009, de 5 de octubre, reguladora del Registro de titularidad compartida de explotaciones agrarias, si bien, tanto esta Orden como el Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo, dictado en desarrollo de la figura de la titularidad compartida de las explotaciones agrarias, seguirán vigentes durante los próximos 6 meses, plazo fijado por la disposición transitoria única de la Orden AAA/1408/2012, en línea con lo prevenido en la Ley 35/2011 (disp. trans. única, también), para revisar las inscripciones existentes y adaptarlas a los requisitos y condiciones establecidos por la Ley 35/2011.