Reglamento de adopción internacional
Enviado por laboral el Vie, 22/03/2019 - 15:22El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto con el que desarrolla la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que a su vez cambia la Ley 54/2007 de Adopción Internacional.
El reglamento establece que corresponde a la Dirección General de Servicios para las Familias y la Infancia del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, iniciar, suspender o paralizar la tramitación de las adopciones con cada país de origen de los menores.
Para estos trámites se contará con el informe del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la información de los organismos acreditados y la consulta previa a la Comisión Delegada de Servicios Sociales del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia, en la que están representadas las comunidades autónomas.







