Noticias

Tercer paquete de medidas de apoyo en la crisis del COVID-19

Trabajadores del acero en una fábrica
  • Se prohíben los desahucios de inquilinos durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma.
  • Se articulan microcréditos a través del ICO para que los inquilinos en situación vulnerable puedan hacer frente al pago del alquiler con un plazo de devolución de hasta 10 años.
  • Se crea un nuevo subsidio para empleadas del hogar afectadas por el cese o reducción de actividad y para trabajadores temporales cuyo contrato finalice y que no tuviesen derecho a prestación.
  • Se habilita a la Seguridad Social para conceder moratorias en el pago de las cotizaciones sociales a empresas y autónomos y se permite el aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio.
  • Los autónomos que accedan a la prestación por cese de actividad podrán aplazar sin cargo la cuota de la Seguridad Social de marzo por los días que hayan trabajado.
  • También se incluyen en la moratoria de hipotecas los inmuebles afectos a la actividad económica de autónomos.
  • Se refuerzan los derechos de los consumidores en la suspensión o rescisión de contratos, el rembolso de planes de pensiones y la protección contra la ludopatía.
  • Las empresas no podrán cortar los suministros básicos en la vivienda habitual de ningún ciudadano durante el estado de alarma.

Medidas urgentes para proteger y asistir a víctimas de violencias machistas durante la crisis de COVID19

Niña escuchando asustada como discuten sus padres

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes para proteger y asistir a las víctimas de violencias machistas durante la crisis de Covid19

Se trata de un paquete de medidas para proteger en estos momentos particularmente sensibles a todas las víctimas de violencia, no solo de género, sino también explotación sexual, trata o agresiones sexuales.

Entre las medidas aprobadas destacan:

1.- En primer lugar, se garantiza la prestación de los servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas habituales, y se añade un nuevo servicio de atención psicológica.

Reparto de fondos a las comunidades autónomas para las acciones más urgentes contra EL COVID-19

Mapa de España y Comunidades

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución a las comunidades autónomas de 300 millones de euros dentro del Plan de medidas económicas extraordinarias destinadas a mitigar el impacto del COVID-19.

El reparto se ha llevado a cabo teniendo en cuenta los criterios de porcentaje de población (80%) y número de casos (15%) e ingresos en UCI (5%) a fecha 24 de marzo. El objetivo es dar respuesta a las acciones más urgentes que cada comunidad autónoma tenga que abordar.

Las comunidades autónomas de Madrid, Cataluña y Andalucía son las tres que mayores importes recibirán con 44.231.363, 51.367.983 y 44.231.363 euros respectivamente. En la tabla adjunta se puede ver la distribución completa.

Actualizados los tipos de interés de los préstamos sobre viviendas protegidas

Viviendas de una calle

El Consejo de Ministros, ha aprobado el acuerdo para la revisión y modificación de los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 1998-2001, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

Los tipos de interés efectivo anuales, aplicables a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de cada uno de los convenios suscritos entre las entidades de crédito y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, serán los siguientes:

El Gobierno flexibiliza los aplazamientos de las cuotas de la Seguridad Social para empresas y autónomos

  • Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas que se pagan en abril a un interés del 0,5%, siete veces inferior al establecido en la ley.
  • Además, las cuotas que se paguen en mayo, junio y julio podrán ser objeto de moratoria, para su abono seis meses después sin recargos ni intereses.
  • Si no se tuviera derecho a moratoria podrán también solicitar el aplazamiento al interés del 0,5%, durante mayo y junio.
  • Los autónomos cuya actividad quedó suspendida por el decreto de alarma no tendrán recargos si pagan las cuotas previas fuera de plazo.
  • Se flexibiliza la percepción de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los profesionales del campo y de la cultura.
  • Los perceptores del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave incluidos en ERTE no verán modificada la prestación.
  • Se facilitará a los profesionales sanitarios jubilados la reincorporación a la vida profesional activa.

¿Cómo debe proceder la Inspección de Trabajo cuando se denuncia la existencia de riesgo grave e inminente de exposición y contagio del coronavirus?

El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social unifica pautas de actuación de las Inspecciones Provinciales entorno a este asunto.

La atribución al gobierno por el Real Decreto 463/2020 de la facultad de suspender determinadas actividades como medida de contención de la epidemia causada por el coronavirus cuando pueda existir riesgo de contagio, así como la reserva a favor del Ministro de Sanidad de la capacidad de modificar, ampliar o restringir las medidas, lugares, establecimientos y actividades enumeradas en el citado Real Decreto con carácter preventivo, lleva a matizar la capacidad que ostenta la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) de adoptar o confirmar medidas de paralización de actividades en empresas y centros de trabajo, por considerar que existe un riesgo de exposición a la enfermedad, al poder estar invadiendo el ámbito de las autoridades realmente competentes para ello.

El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social unifica pautas de actuación de las Inspecciones Provinciales en relación con los ERTES por fuerza mayor

El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social unifica pautas de actuación de las Inspecciones Provinciales en relación con los ERTES

Se trata de un documento complementario al elaborado por la Dirección General de Trabajo (véase criterio anterior de 19 de marzo de 2020), el cual iba dirigido a las autoridades laborales de las CCAA. En él se abordan líneas comunes de actuación de las diferentes Inspecciones Provinciales ante eventuales alegaciones empresariales de imposibilidad de mantener la actividad, determinando que los funcionarios actuantes valoren caso por caso la motivación, la justificación y la acreditación de las circunstancias invocadas por la empresa, al depender la apreciación de la fuerza mayor de conceptos jurídicos indeterminados (falta de suministros que impidan "gravemente", restricciones al transporte público y... de la movilidad de las personas "que queden debidamente acreditados", etc).

Adaptada la prestación de los servicios esenciales en la Administración de Justicia a las nuevas restricciones impuestas por el RDL 10/2020

El Ministerio de Justicia ha aprobado la Resolución por la que se adapta la cobertura de los servicios esenciales de la administración de justicia al Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo de 2020, para garantizar la ineludible prestación de determinados servicios a la ciudadanía, ante la extraordinaria necesidad de reducir al máximo la presencia física.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 adoptó una serie de medidas restrictivas respecto de la movilidad de los ciudadanos. Dichas medidas se han visto ampliadas por el Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo de 2020, que limita los movimientos personales para el desempeño del trabajo a los mínimos declarados esenciales durante el estado de alarma. Por estos motivos, es necesario adaptar la prestación de servicios esenciales en la administración de justicia en el nuevo escenario que determina el RDL 10/2020, y de forma coordinada con las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, en consultas con el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado, y de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Central Sanitaria en virtud de la Orden SND/261/2020 de 19 de marzo, se adoptan las siguientes medidas.

Páginas