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Día Mundial de la Justicia Social

Día Mundial de la Justicia Social

Mensaje del Director General de la OIT

La recuperación económica mundial está en un equilibrio inestable. Para inclinar la balanza a favor del crecimiento y el desarrollo sostenibles es necesario hacer frente a la injusticia social. Las palabras que mejor transmiten mi mensaje son las que figuran en la Constitución de 1919 de la OIT: “La paz permanente sólo puede basarse en la justicia social”.

Hoy existe una sensación generalizada de profunda injusticia en la que se está pidiendo a los más débiles que hagan los mayores sacrificios. La justicia social tiene un carácter multidimensional; sin embargo, al igual que a finales del siglo XIX, el mundo del trabajo es hoy el núcleo del descontento y debe formar parte integrante de la solución, configurando un orden mundial diferente y más justo para el futuro.

El modelo de globalización impulsada por las finanzas que dio lugar al colapso financiero de 2008 ha dejado a su paso un desempleo masivo, subempleo y reducciones de los salarios y las prestaciones sociales en muchos países. Esto ha creado un panorama mundial desolador:

Remisión a las Cortes del convenio de seguridad social con Cabo Verde

Remisión a las Cortes del convenio de seguridad social con Cabo Verde

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Cabo Verde, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros el 27 de mayo de 2011.

Con este Convenio se pretende garantizar el mantenimiento de los derechos de seguridad social de los trabajadores que se desplazan entre ambos países. Se trata de facilitar la libre circulación de los trabajadores, contribuyendo a afianzar los lazos de amistad mutuos entre los dos Estados.

El Convenio incluye en su ámbito material de aplicación las siguientes prestaciones de carácter contributivo: incapacidad permanente, jubilación y supervivencia, y prestaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Informe sobre el anteproyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local

Informe sobre el anteproyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
  • Se clarifican por primera vez las competencias municipales por ley, eliminando duplicidades y competencias impropias, para ajustar la Administración Local a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
  • Se establece un período transitorio de cinco años para el cambio de titularidad de las competencias de sanidad y educación, que serán exclusivas de las Comunidades Autónomas.
  • Las mancomunidades y entidades locales menores que no presenten cuentas en el plazo de tres meses se disolverán.
  • Se favorece la iniciativa económica al limitar el uso de autorizaciones administrativas para iniciar una actividad económica.
  • El impacto de las medidas supondrá un ahorro neto total de 7.129 millones de euros entre los años 2013 a 2015.
  • El sueldo de los miembros de las corporaciones locales se fijará anualmente en los Presupuestos Generales del Estado según la población del municipio y limitado al de Secretario de Estado.
  • Se reduce el número de personal eventual y de cargos públicos con dedicación exclusiva en función de la población del municipio.

Servicio de atención telefónica de la TGSS

Servicio de atención telefónica de la TGSS

La Seguridad Social pone a su disposición sus líneas telefónicas a través de las cuales podrá recibir información y realizar diferentes trámites sin necesidad de desplazamientos y con el compromiso de: No dejarle sin respuesta, facilitar la información y datos solicitados en plazos mínimos y confidencialidad.

  • Línea 901 16 65 65 de Pensiones y otras prestaciones (INSS)
  • Línea 901 50 20 50 de Afiliación, Inscripción, Recaudación, Aplazamientos, RED (TGSS)

Para mantener la confidencialidad de sus datos todos los informes o documentos relativos a ellos enviarán únicamente a su nombre y al domicilio que conste en nuestros ficheros.

El Congreso convalida la prórroga del plan PREPARA y la reducción del número de peonadas para acceder al subsidio agrario

El Congreso convalida la prórroga del plan PREPARA y la reducción del número de peonadas para acceder al subsidio agrario

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, explicó en la Cámara Baja que la prórroga del plan PREPARA -un programa de seis meses de duración dirigido a recualificar y mejorar la empleabilidad de aquellas personas que han agotado su prestación por desempleo- ha sido una de las primeras medidas adoptadas por el Gobierno a la vista de que la crisis económica estaba teniendo efectos sociales muy intensos, que requerían un esfuerzo colectivo y una especial sensibilidad hacia las personas más vulnerables.

Consulte aquí el Real Decreto-Ley 1/2013

Báñez afirmó en su intervención que el Gobierno "quiere dar más certidumbre a miles de españoles que se encuentran en situación de mayor dificultad".

Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven

Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven

Contribuir a reducir el nivel de desempleo a través de actuaciones que se dirigen fundamentalmente a las personas jóvenes para facilitar su acceso y permanencia en el mercado de trabajo es la motivación principal de las 100 medidas que incluye la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016.

Un documento que se ha elaborado en línea con las recomendaciones que sobre esta materia ha formulado la Unión Europea, entre las que se encuentra la reciente "Garantía Juvenil", y que es el fruto de un proceso de diálogo y participación del que han formado parte representantes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de la CEOE y CEPYME y de los sindicatos UGT y CCOO.

El resultado ha sido la propuesta de un total de 100 medidas que, en función de su desarrollo e impacto en el tiempo, se distribuyen en dos grupos.

Por un lado, se contemplan 15 medidas de choque cuyos resultados se esperan a corto plazo y con las que se pretende, por tanto, dar una respuesta con efectos inmediatos a la situación de las personas jóvenes en el mercado de trabajo.

Acuerdo entre España y Canadá relativo a los programas de movilidad de jóvenes

Acuerdo entre España y Canadá relativo a los programas de movilidad de jóvenes

Ha sido publicada una Instrucción de la Secretaría General de Inmigración y Emigración SGIE/1/2013 sobre la aplicación del Acuerdo entre España y Canadá relativo a los programas de movilidad de jóvenes.

El objetivo del Acuerdo es facilitar los procedimientos administrativos aplicables a la entrada y estancia de los ciudadanos de otro país que deseen adquirir una experiencia profesional, perfeccionar sus conocimientos de lenguas, la cultura y la sociedad de dicho país.

La Instrucción se publica para desarrollar el citado acuerdo entre España y Canadá firmado el 10/03/2009.

Así establece que los ciudadanos canadienses que sean beneficiarios del Acuerdo se regirán por las siguientes pautas:

  • Los que posean un visado de larga duración estará autorizados para trabajar por cuenta ajena en España por el periodo que tenga autorizada la estancia sin necesidad de ningún otro trámite administrativo.
  • Los ciudadanos que disfruten de una estancia por un plazo superior a 6 meses y estén autorizados para trabajar en virtud del visado podrán solicitar una TIE (tarjeta de identidad de extranjero).
  • Los que ya fueran titulares de una autorización administrativa para trabajar mantendrán la vigencia de la misma sin necesidad de ningún otro trámite administrativo.

Consulte aquí la Instrucción SGIE 1/2013.

No se pagan tasas judiciales en los recursos de apelación y casación contra autos

No se pagan tasas judiciales en los recursos de apelación y casación contra autos

Ante la cuestión planteada de la Aplicabilidad del artículo 2.e) de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, a los recursos de apelación y casación contra autos, la Dirección General de Tributos en una consulta vinculante de 10 de diciembre de 2012 (DGT V2329-12), informa lo siguiente:

El artículo 2 e) de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (BOE del 21) establece, como uno de los actos procesales constitutivos del hecho imponible de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, “la interposición de recursos contra sentencias y de casación en el orden civil y contencioso-administrativo”.

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