Legislación

COVID-19. Las autoridades sanitarias de las CCAA pueden habilitar los establecimientos de alojamiento turístico para uso sanitario

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La Instrucción de 23 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad (BOE del 24 y efectos inmediatos), sobre criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, viene a establecer que la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico contenida en la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, no impide que las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas, en virtud de lo dispuesto en la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo (apdo. noveno), puedan habilitar espacios para uso sanitario en los locales comprendidos en el ámbito de aplicación de aquella orden, incluidos los Paradores de Turismo de España, que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización. Esto permitirá que estos locales, situados en las cercanías de los centros hospitalarios, puedan ser utilizados para uso sanitario.

COVID-19. La Seguridad Social aclara dudas sobre la prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos afectados por el estado de alarma

La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha emitido, en fecha 20 de marzo de 2020, el Criterio 5/2020 aclarando dudas en la aplicación del artículo 17 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, donde se establece la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

COVID-19. Gestión de residuos en contacto con el COVID-19

La Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, publicada y con efectos el 22 de marzo, contiene instrucciones sobre la gestión de los residuos en contacto con el COVID-19 procedentes tanto de hogares con casos confirmados o en cuarenta como de hospitales, ambulancias, centros de salud, laboratorios, o de establecimientos similares, así como de aquellos derivados de la desinfección de instalaciones. También establece, aunque con efectos menos inmediatos de los deseables, que se garantizará el suministro de equipos de protección individual al personal de los servicios esenciales de recogida y tratamiento de los residuos y, por último, se recogen recomendaciones destinadas al manejo de los residuos en hogares no afectados por el COVID-19.

COVID-19. Criterios para denegar la entrada a personas procedentes de terceros países a la UE y países asociados Schengen

La Orden INT/270/2020, de 21 de marzo, publicada en el BOE del domingo 22 de marzo, establece los criterios para denegar la entrada a nacionales de terceros países a la UE y países asociados Schengen, así como a ciudadanos de la UE y a sus familiares, estableciendo, asimismo, el cierre de los puestos fronterizos de Ceuta y Melilla.

COVID-19. En los transportes privados de mercancías por carretera también estará permitido que vayan 2 personas en la cabina del vehículo

La Orden TMA/264/2020, de 20 de marzo (BOE de 21 de marzo), modifica la Orden TMA/259/2020 al día siguiente de su entrada en vigor para ampliar la medida que permite la presencia de 2 personas en las cabinas de los vehículos del transporte de mercancías por carretera, a todo el sector, con independencia de su carácter público o privado; inicialmente, solo estaba previsto para los transportes públicos.

COVID-19. Medidas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor

La Orden INT/262/2020, de 20 de marzo (BOE de 21 de marzo), con entrada en vigor desde el momento de su publicación, establece las siguientes medidas:

  • Posibilidad de acordar el cierre o la restricción a la circulación por carreteras o por alguno de sus tramos, con indicación de los vehículos y servicios excluidos de la medida.
  • Suspensión de las restricciones a la circulación acordadas por la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, el Director del Servicio Catalán de Tráfico y la Directora de Tráfico del Gobierno Vasco.
  • Prórroga automática de la vigencia de autorizaciones para conducir.
  • Interrupción del plazo de 6 meses para conducir en España con un permiso extranjero válido y en vigor.

COVID-19. Los funcionarios de MUFACE, ISFAS y MUGEJU no necesitarán visado previo en las recetas de medicamentos

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Con efectos desde el 21 de marzo y hasta el final del estado de alarma, la Orden SND/266/2020, de 19 de marzo (BOE de 21 de marzo), establece que en el ámbito de los Regímenes Especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) no habrá obligación de estampillar el sello de visado de recetas de aquellos medicamentos sometidos, según la legislación vigente, a reservas singulares consistentes en la imposición del visado previo a su dispensación por oficinas de farmacia.

COVID-19. Medidas en residencias de mayores y otros centros sociosanitarios

Medidas para residencias de mayores. Imagen de unas manos de una persona mayor

La Orden SND/265/2020, de 19 de marzo (BOE DE 21 de marzo), contiene medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros sociosanitarios ante el COVID-19:

  • Los centros tienen un día para clasificar a sus residentes en 4 grupos valorando síntomas y contacto con el coronavirus
  • Las personas trabajadoras de los centros deben ser asignados a cada uno de los 4 grupos de residentes, garantizando que sean los mismos los que les atiendan y sin rotaciones
  • Se extreman las medidas de limpieza
  • La autoridad sanitaria podrá modificar la prestación de servicios del personal sanitario para adaptarlos a las necesidades de atención en estos centros
  • El personal sanitario que haya tenido contacto estrecho con un caso posible o confirmado de COVID-19, si no presenta síntomas continuará realizando su actividad normal
  • Deberá realizarse la prueba diagnóstica de confirmación del COVID-19 a los que presenten síntomas. Los casos leves serán atendidos en los centros

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