TSJ. Reintegro de gastos médicos. Prótesis. Incluye todos los componentes necesarios para realizar su función, como cables, portapilas o baterías

Paciente intervenido para la colocación de implantes cocleares. Imagen de instalación de implante coclear en el oído de una mujer

Reintegro de gastos médicos. Paciente intervenido en ambos oídos para la colocación de implantes cocleares. Reclamación del importe invertido en cables, portapilas, baterías y protectores de micrófono, imprescindibles para el correcto funcionamiento de los referidos implantes. Procedencia.

La tesis que sostiene el Letrado recurrente es que los elementos reclamados por el actor no están incluidos en el Anexo VI «Cartera de servicios comunes de prestación ortoprotésica» del Real Decreto 1030/2006, ya que según la Orden SAS/1466/2010, el epígrafe OR 1 0 queda redactado de la siguiente forma: "Implantes cocleares (incluida la renovación de los componentes externos: procesador externo, micrófono y antena)". Sin embargo, la mentada Orden se refiere a elementos constitutivos de los implantes, por más que sean externos, distintos de los consumibles o accesorios cuyo reintegro reclama el hoy recurrido. Partiendo de la definición y finalidad del implante quirúrgico (sustituir total o parcialmente una función fisiológica), este ha de ser entonces identificado con todos los elementos precisos para la realización de su función (consumibles), cuya ausencia equivale a la del propio implante quirúrgico. Procede el abono del importe reclamado de 1791,77 euros correspondientes al reintegro de gastos médicos.

(STSJ de Castilla y León/Valladolid, Sala de lo Social, de 13 de septiembre de 2023, rec. núm. 2367/2022)

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