El salario mínimo interprofesional de 2011 sigue siendo mínimo en 2012

El SMI fijado en 641,40 euros/mes para el año 2011 por el Real Decreto 1795/2010, de 30 de diciembre, no se incrementa en 2012.

El Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre, mantiene las cuantías vigentes en el ejercicio anterior, en respuesta –se indica en su preámbulo- “al difícil contexto económico actual que aconseja la adopción de políticas salariales durante el año 2012 que puedan contribuir al objetivo prioritario de recuperación económica y a la creación de empleo”.

Su cuantía queda, pues, establecida:

  • Con carácter general en:

    • 641,40 euros mensuales
    • 21,38 euros diarios
    • 8.979,60 euros anuales

  • Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte d ías: 30,39 euros por jornada.
  • Para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, y conforme al Real Decreto 1620/2010, de 14 de noviembre (art. 8.5): 5,02 euros por hora efectivamente trabajada.