Una sentencia ejemplar por delito continuado a la Seguridad Social

Una sentencia ejemplar por delito continuado a la Seguridad Social

La lucha contra el fraude comienza a rendir frutos también en el plano jurídico. Es el caso de una reciente sentencia condenatoria por delito continuado a la Seguridad Social, algo que en el pasado ha sido muy poco frecuente. El hito pone de manifiesto la sensibilidad de jueces y fiscales hacia la nueva regulación de este delito en el Código Penal aprobada en 2012.

La sentencia condenatoria del juzgado de Ponferrada (León) es "de manual", como la califica Nieves Ciruelos, directora del Servicio Jurídico de la Seguridad Social.

Las sociedades implicadas se sucedían unas a otras de modo y manera que cuando una sociedad alcanzaba una deuda importante dejaba de operar o disminuía su funcionamiento y plantilla y era sustituida por otra. A tal fin, los condenados utilizaron a personas interpuestas para ocultar su verdadera identidad.

Esta actividad claramente delictiva es muy habitual en el ámbito del fraude a la Seguridad Social. Sin embargo, en el pasado, muy pocas veces han resultado en una sentencia condenatoria. La resolución judicial del pasado 20 de diciembre es reflejo de la nueva percepción que jueces y fiscales tienen de las tramas organizadas para defraudar a la Seguridad Social tras la reforma del Código Penal en 2012.

La reforma penal -inscrita en el plan de lucha contra el fraude- modificó el artículo 307 en varios sentidos: reduce de 120.000 a 50.000 euros la cantidad defraudada para que se considere delito a la Seguridad Social; contempla, a los efectos de determinar esta cantidad, el importe total defraudado durante un plazo de cuatro años naturales; introduce penas de hasta seis años para los fraudes más graves y aumenta el plazo de prescripción del delito hasta los diez años.

El nudo gordiano

Todas estas medidas permiten atacar el nudo gordiano de estos delitos y evitan que sus autores escapen a las condenas penales: las empresas acumulaban deuda con la Seguridad Social hasta que se aproximaba a los 120.000 euros y entonces creaban una nueva para seguir defraudando y así sucesivamente. La modificación del Código Penal permite ahora perseguir el fraude en su conjunto y a lo largo de un periodo de años como un delito continuado contra la Seguridad Social.

En el caso de la sentencia de Ponferrada los hechos que se condenan sucedieron durante el periodo entre 2003 y 2008, en el que fue defraudada a la Tesorería General de la Seguridad Social la cantidad de 2.351.645,93 euros. Han sido condenadas cinco personas, y al autor del delito (y otro fallecido) se le ha impuesto una pena de seis años de prisión.

Lo importante de esta decisión judicial no es que aplique el nuevo Código Penal, pues juzga el caso de acuerdo con la legislación vigente en el momento de producirse los hechos (2003-2008). Lo relevante es que jueces y fiscales contemplan, tras la reforma, estas situaciones de otra manera y son más sensibles a admitir estas actuaciones como penales y dolosas. Y cuentan además, a partir de ahora, con nuevas herramientas de lucha contra el fraude que culminen en una sentencia condenatoria.

REVISTA ACTIVA .-SEGURIDAD SOCIAL