Jurisprudencia

Recepción de la jurisprudencia unánime sobre el cómputo de los plazos administrativos por meses/años en la nueva Ley de procedimiento administrativo

La Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incorpora en su artículo 30.4 la aceptada interpretación de la jurisprudencia (incluida la menor) sobre el artículo 48.2 Ley 30/1992, respecto del cómputo de los plazos fijados en meses o en años, regulando ya no solo el momento exacto en que comienza sino también aquel en que finaliza. La sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana, sala de lo Contencioso-Administrativo, de 9 de noviembre de 2016, a cuyo comentario en la página http://www.fiscal-impuestos.com/ remitimos, no destaca por su previsible conclusión jurídica, pero sí por la fundamentación que conduce a la misma y que tiene como origen el cambio normativo referido.

El TC ampara a una mujer a la que no se dio la opción de mejorar sus condiciones laborales por encontrarse de baja por embarazo de riesgo

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha amparado a una mujer que no pudo optar a mejorar sus condiciones laborales en la empresa porque, en el momento en que surgió esa posibilidad, se encontraba de baja por embarazo de riesgo y, después, por maternidad. El Tribunal afirma que la empresa debió avisar a su empleada de la posibilidad de cambiar de puesto y, al no hacerlo, lesionó su derecho a no ser discriminada por razón de sexo (art. 14 CE), pues la causa de su baja deriva de su condición de mujer. La Sala anula la resolución recurrida, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Ha sido ponente el Magistrado Antonio Narváez; firma un voto particular el Magistrado Pedro González-Trevijano.

El Tribunal Supremo considera discriminatorio no computar la baja maternal a efectos de retribución de incentivos

La Sala IV, de lo Social, del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que es discriminatoria y contraria a derecho “la práctica empresarial consistente en computar como ausencias la baja maternal así como la baja por riesgo de embarazo a los efectos de días productivos para tener derecho a las retribuciones de los variados incentivos”.

El alto tribunal estima la demanda de conflicto colectivo planteada por CC.OO. de Andalucía contra la empresa CATSA, referido a sus trabajadoras en los centros de Granada y Málaga. Los hechos probados indicaban que las empleadas que “por causa de embarazo y/o maternidad han visto suspendida su actividad laboral por disfrutar de los permisos correspondientes, el primer mes de reincorporación a su puesto de trabajo no perciben cantidad alguna por ninguno de los referidos incentivos, y sólo comienzan a percibir cantidad por incentivos al mes inmediatamente posterior al de su reingreso y en función de los servicios laborales efectivamente prestados a partir de tal reincorporación”.

El Tribunal Supremo avala el despido de un trabajador de Correos en Alicante que acosó sexualmente a una compañera

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha avalado el despido de un trabajador de Correos en Alicante por acoso sexual a una compañera de trabajo, a quien delante de otros cuatro empleados le  bajó los pantalones hasta las rodillas al tiempo que realizaba comentarios sobre su "huchita" o "lo fácil que se lo pones a tu novio".

El despido se produjo tras la tramitación de un expediente disciplinario que concluyó que el trabajador había cometido una infracción disciplinaria muy grave. Tras producirse los hechos, el empleado reconoció a su jefe los hechos pero declaró que había sido una broma y que se disculpó con su compañera al ver que se sentía dolida por lo ocurrido. Después, en el expediente, realizó alegaciones manifestando, entre otras cosas, que su compañera “llevaba como de costumbre unos pantalones los cuales dejaban ver medio trasero y la ropa interior”.

El Tribunal Supremo reconoce el derecho a cobrar una pensión vitalicia a un futbolista que se retiró tras una lesión

La Sala de lo Social reconoce el derecho de un futbolista profesional a cobrar una pensión vitalicia porque considera que con 30 años, fecha en la que solicitó la incapacidad permanente total por accidente de trabajo, no había finalizado su carrera profesional, por lo que podría haber seguido en activo si no estuviera lesionado.

La sentencia estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Amevou Ludovic Assemoassa, exjugador del Club de Fútbol Ciudad de Murcia y del Granada 74, Sociedad Deportiva, y revoca el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que denegó la prestación al entender que por su edad, 30 años, ya había concluido la vida profesional activa del deportista.

El efecto perverso del reconocimiento como discapacidad de las incapacidades laborales temporales: A propósito de la SJS n.º 33 de Barcelona de 23 de diciembre de 2016

El Magistrado D. Joan Agustí Maragall, titular del Juzgado de lo Social n.º 33 de Barcelona, que en su día solicitó al TJUE respuesta sobre si era posible entender como discriminatorio, y por tanto nulo, el despido de un trabajador -hasta aquel momento bien conceptuado profesionalmente- por el solo hecho de estar en situación de incapacidad temporal de duración incierta por causa de un accidente laboral, da respuesta al caso concreto en su Sentencia núm.472/2016, de 23 de diciembre, que se resume a continuación.

El TSJ de Canarias reconoce el acceso a la prestación por maternidad en caso de gestación subrogada

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias se ha pronunciado por primera vez sobre las prestaciones por maternidad en caso de gestación subrogada. La sentencia de la Sala Social recoge el caso de un matrimonio homosexual, en el que uno de los cónyuges solicitó el abono de las prestaciones por maternidad, tras la inscripción registral de una menor nacida en San Francisco, previo contrato de gestación por sustitución, figura jurídica regulada y válida en el Estado de California.

El Tribunal Supremo condena al ayuntamiento de Calpe (Alicante) a readmitir a 14 trabajadores al declarar nulos sus despidos

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado nulos los despidos de 14 trabajadores del ayuntamiento de Calpe y ordena la inmediata readmisión de los mismos en las condiciones anteriores al despido, con abono de los salarios dejados de percibir.

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