TS. No se encuentra en situación legal desempleo la trabajadora en excedencia por cuidado de hijos que suscribe un contrato temporal de corta duración con otra empresa y, a su finalización, no insta el reingreso
Enviado por Editorial el Mar, 09/09/2025 - 11:30Trabajadora en situación de excedencia por cuidado de hijos que suscribe contrato temporal de corta duración con otra empresa. Solicitud de la prestación de desempleo sin instar la reincorporación en la organización en la que se encontraba excedente.
La excedencia por cuidado de hijos puede tener una duración máxima de hasta tres años, y durante ese periodo el trabajador puede solicitar en cualquier momento el reingreso a la empresa. Si lo hace en el transcurso del primer año el empleador está obligado a readmitirlo en el mismo puesto de trabajo, y a partir de ese momento en cualquier otro puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente. Eso significa que el trabajador no queda vinculado por el hecho de que hubiere solicitado inicialmente la excedencia por cuidado de hijo con un determinado plazo de duración, dentro de los tres años máximos legalmente posibles, pudiendo solicitar en cualquier momento el reingreso en la empresa antes de finalizar la duración de aquel periodo máximo de tres años.