El condenado por un delito de homicidio no podrá lucrarse de una prestación a costa de su víctima
Enviado por Editorial el Jue, 30/07/2015 - 08:31
Es una de las novedades que incorpora la ‘Ley del Menor’ y supone una reforma de la Ley General de la Seguridad Social con la que se mejora y se completa el tratamiento de las pensiones de muerte y supervivencia y a favor de familiares cuando en su génesis interviene un delito de homicidio doloso.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de 28 de julio publica la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.